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Merecemos jueces que respeten los procedimientos

Lluís Puig, Toni Comín y Meritxell Serret celebran la decisión del juez.

Lluís Puig, Toni Comín y Meritxell Serret celebran la decisión del juez. / BLANCA BLAY (ACN)

La justicia belga ha dado un nuevo varapalo al magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena. Tras la negativa de Alemania a entregar a Carles Puigdemont por rebelión, Bélgica ha cerrado la puerta al procedimiento de extradición de los exconsellers Comín, Serret y Puig, iniciado por el magistrado español.

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La negativa encuentra su justificación en un defecto formal relativo al hecho de que cuando Llarena solicitó la extradición el pasado 23 de marzo, no dictó la precisa orden de detención en España contra los exconsellers. La normativa comunitaria obliga a dictar una orden de detención nacional para la activación de la euroorden. Llarena, sin embargo, vinculó la euroorden al auto de procesamiento de la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, de noviembre del pasado año.

Como ciertos medios de comunicación han recordado durante estas últimas horas, esta circunstancia fue ya advertida por la Fiscalía belga el pasado mes de abril. Pero también la defensa de los tres exconsellers alertó al respecto. En las diferentes comunicaciones que con posterioridad se han sucedido entre la Fiscalía belga y el juez Llarena, este se ha reiterado en sus argumentaciones, sin convencer a la justicia belga.

Como todos sabemos, en justicia, las formas lo son todo. Sin respetar las formas, no puede avanzarse. Expertos en derecho advierten de que el recorrido de los procesos judiciales en los que Carles Puigdemont y Clara Ponsatí están inmersos, ambos hoy con medidas cautelares, pueden concluir del mismo modo.

Dejando a un lado los posibles delitos cometidos por Carles Puigdemont y sus consellers en lo relativo al procés, que de tan difícil concreción están resultando, es pertinente preguntarse si en causas de suma trascendencia como esta (y en menores, desde luego), todo un juez del Tribunal Supremo puede incurrir en errores de forma tan básicos para el correcto funcionamiento de los procesos judiciales.

Primero fue desde Alemania. Ahora desde la denostada Bélgica. Este nuevo correctivo lleva a concluir que merecemos jueces que, en el ejercicio de sus funciones, procedan respetando los procedimientos establecidos en cualquier causa judicial, sin forzar hasta la extenuación los límites del Código Penal.

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