Calendario de notificación

Esta es la multa que te puede caer por no acudir a la mesa electoral

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Una mesa electoral, a 28 de mayo de 2023, en Palma, Mallorca, Baleares (España).

Una mesa electoral, a 28 de mayo de 2023, en Palma, Mallorca, Baleares (España). / Tomàs Moyà - Europa Press

Alexandra Costa

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Ante la opción de tener que cambiar o anular planes por la convocatoria de elecciones anticipadas en Catalunya el próximo 12 de mayo, algunos piensan en todo un acto de rebeldía: no presentarse en la mesa aunque sean designados por la Junta Electoral. Sin embargo, eludir esa obligación ciudadana puede acarrear multas de hasta 5.000 euros y penas de prisión que oscilan entre los tres meses y un año. De ahí que otros piensen en escaquearse con un astuto plan: no estar localizable durante el periodo de entrega de la notificación. Pero, ¿qué pasa si Correos no te encuentra?

Los sorteos públicos para elegir al presidente, vocales y suplentes de cada mesa electoral del 12M se realizarán a mediados de abril, entre el 13 y el 17, tal y como marca el artículo 26 de la Ley del Régimen Electoral General (Loreg).

De esta manera, las notificaciones empezarán a llegar a casa de los ciudadanos a través de una carta certificada de Correos los tres días posteriores a los sorteos, aproximadamente.

Si la persona elegida para formar parte de la mesa no se encuentra en casa, el cartero dejará un aviso para ir a recoger la carta a Correos. En ningún caso puede entregar la notificación a una tercera persona, ya que esta requiere la identificación de la interesada.

En la carta viene detallada la información sobre el puesto que se deberá ocupar, incluso si se es suplente en la mesa electoral, así como las instrucciones para saber lo que hay que hacer durante la jornada electoral.

¿Y qué pasa si consigues que el cartero no te localice? Informará de tu ausencia en el domicilio donde estás inscrito en el censo a la Junta Electoral de Zona, que tendrá que tomar una decisión. Las opciones son varias. Desde la sustitución por el primer suplente designado, a intentar notificar a la mesa una segunda vez o hasta publicar la resolución en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

Atención con las notificaciones administrativas

Si todos estos medios fallan, el último recurso es ampararse en Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Eso se traduce en una notificación administrativa o a través de un boletín oficial. No obstante, hay un qué en esta opción.

"Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad", recoge el artículo 42.2 de la norma. Así que para que el plan maestro funcione, deberás asegúrate de que nadie abra la puerta de casa por ti. Ni que el portero o conserje recoja la notificación.

¿Y si te notifican?

Los votantes que reciban la notificación de que han sido designados disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo, según el artículo 27 de la norma. También pueden hacer el trámite a través de nueva 'app' del Ministerio del Interior habilitada para la gestión de excusas de los electores.

Será la Junta quien decida si la causa es justificada y comunicará, en un plazo de cinco días, su sustitución por el primer suplente. Una vez transcurrido este primer plazo, si cualquiera de los designados no pudiera acudir al desempeño de su cargo, deberá comunicarlo a la Junta Electoral de Zona al menos 72 horas antes del día de las elecciones y aportar las justificaciones pertinentes, indica el Ministerio del Interior.