Cita con las urnas en Catalunya

El TSJC mantiene las elecciones catalanas para el 14-F

El Govern asegura que la decisión judicial es un "despropósito" pero no anuncia ningún recurso e insiste en que los colegios electorales son espacios "seguros"

Hemiciclo del Parlament de Catalunya durante una sesión plenaria, el 11 de febrero pasado.

Hemiciclo del Parlament de Catalunya durante una sesión plenaria, el 11 de febrero pasado. / David Zorrakino - Europa Press

J. G. Albalat
Júlia Regué
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Las elecciones catalanas se celebrarán el 14 de febrero. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha declarado nulo el decreto de la Generalitat que aplazaba los comicios al 30 de mayo y, por lo tanto, la contienda electoral que ha empezado este viernes finalizará con la votación en dos semanas. El Govern intentó postergar las urnas debido al impacto de la pandemia del coronavirus pero los siete magistrados del tribunal catalán, que ya estimaron las medidas cautelarísimas para suspender el decreto, han anulado el escrito.

El 'conseller' d'Acció Exterior, Bernat Solé, -encargado de los procesos electorales-, ha tachado la decisión judicial de "despropósito" ante la "compleja" situación epidemiológica, pero ha insistido en que los colegios y las mesas electorales serán espacios "seguros" porque cumplirán con los protocolos diseñados por la Generalitat. "Hemos explorado todas las iniciativas que hacen que hoy las elecciones el 14-F sean plenamente seguras", ha insistido en una rueda de prensa desde Palau, y ha recordado que los miembros de las mesas electorales tendrán test de antígenos a su disposición en sus centros de atención primaria y también una EPI de alta seguridad para vestir durante la franja horaria en la que votan los cuarentenados -positivos por covid-19 y contactos estrechos-.

Solé no ha anunciado ningún recurso y ha asegurado que el Govern no contribuirá a generar más incertidumbre a la ciudadanía. "Desde el Govern en ningún caso añadiremos más incertidumbre a la generada por el TSJC, que ha esperado a la ya iniciada campaña electoral para tomar la decisión", ha aseverado. El independentismo interpreta la resolución como una "operación de Estado" ante el viento a favor del candidato socialista, Salvador Illa, mientras que la oposición sigue afeando al Ejecutivo que el decreto "estaba mal formulado".

La decisión judicial

Los togados, reunidos con carácter de urgencia este viernes, han aceptado por "mayoría" las impugnaciones de varios partidos y entidades extraparlamentarias y un ciudadano particular que denunciaban una posible vulneración del derecho a la participación política. La resolución se conocerá el próximo lunes y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, aunque esto no frenaría la decisión del TSJC.

El tribunal, según ha anunciado al comunicar el fallo, hará una "expresa mención" a la "buena fe procesal" de todas las partes personadas en la causa que, a raíz de su "agilidad" a la hora de presentar sus escritos, ha permitido llegar a una resolución "en la mayor brevedad de tiempo posible". La deliberación ha durado menos de dos horas.

Los miembros de Sala Quinta de lo Contencioso-Administrativo del TSJC se han pronunciado tras recibir el informe del fiscal José Joaquín Pérez de Gregorio que concluía que la suspensión de los comicios infringía la normativa electoral y el Estatut y daría pie a una "anormalidad jurídica e institucional" que puede prolongarse de forma "indeterminada", en tanto subsista la crisis sanitaria.

Medidas contra la pandemia

En su informe remitido al TSJC, la Fiscalía recuerda que las elecciones del 14-F se convocaron ya en pandemia y que la crisis sanitaria "es la misma" que entonces, excepto en lo que se refiere al aumento de contagios por "la alta variabilidad" de las infecciones , algo que era "notoriamente previsible" en el momento en el que se convocaron las elecciones. Los riesgos en la jornada electoral, precisa, "puede prevenirse mediante la adopción y ejecución" de medidas, como el distanciamiento, la limitación de aforo, la toma de temperatura a los miembros de la mesa, la entrega de equipos de protección, el fomento del voto por correo o la fijación de horarios para electores en situación de vulnerabilidad.

En el caso de que exista un "interés superior" que obligue a suspender las elecciones por ser inviables ante la situación sanitaria, añade la fiscalía, es necesario darle una "cobertura normativa", articulando "conforme a la Constitución y las leyes las medidas excepcionales que puedan resultar imprescindibles".

La fiscalía advierte que el objeto del procedimiento judicial "no descansa en determinar si la grave coyuntura sanitaria" que afecta a Catalunya deberá justificar, "en el plano de la prevención de contagio", un aplazamiento de las elecciones, ni tampoco se cuestiona la "pertinencia ni el acierto político de esa valoración", sino que se trata "de fijar un criterio acerca de si el ordenamiento jurídico vigente" permite retrasar unos comicios ya convocados.

Sin soporte legal

Subraya que la legislación electoral establece que el plazo máximo para la celebración de elecciones (generales o autonómicas) es el de 54 días después de la convocatoria y "ninguna" de las disposiciones normativas "contempla la posibilidad de suspender ni aplazar" unos comicios que ya han sido fijados. "Parece obvio", incide la fiscalía, que el decreto de aplazamiento "está infringiendo de modo directo tanto la normativa estatutaria catalana", como la electoral general.

El ministerio público argumenta que la legislación atribuye al presidente de la Generalitat o al vicepresidente en funciones la competencia para convocar elecciones, pero no la de suspenderlas o aplazarlas, y el decreto impugnado resulta "huérfano de toda referencia o remisión alguna" a una norma legal "que de cobertura y permita adoptar dicha decisión". Alega que la Administración autonómica ya conocía cuando convocó las elecciones la vigencia del actual estado de alarma y la concurrencia de la crisis sanitaria, así como las limitaciones de movilidad de las personas. Recalca que también era conocida la disposición que establecía que la vigencia del estado de alarma "no impedirá el desarrollo ni la realización de las actuaciones electorales precisas para la celebración de elecciones convocadas" por las comunidades autónomas.

El problema, en opinión de la fiscalía, "no estribaría" en la "insuficiencia del ordenamiento jurídico", sino en "la elección y correcta aplicación de los instrumentos normativos disponibles que resulten idóneos para dar solución" a la cuestión que se plantea, ya sea celebrando las elecciones con las medidas sanitarias y preventivas que las circunstancias exijan o para el caso de la "absoluta inviabilidad de dicha opción". El ministerio público rechaza, además, que el caso de Catalunya sea comparable a los del País Vasco y Galicia, que también retrasaron los comicios, sean equiparables. El TSJC ya aceptó como medida cautelar suspender el decreto de aplazamiento del Ejecutivo catalán.

"Operación de Estado"

El 'vicepresident' del Govern con funciones de 'president' y candidato de ERC, Pere Aragonès, ha asegurado en Twitter que "jueces, Estado y PSOE imponen el 14-F en plena tercera ola y contra las recomendaciones sanitarias". "Se consuma la operación de Estado. Pero no lo permitiremos. El independentismo es mayoritario y siempre da una lección de democracia. Llenemos las urnas de ERC. Volvemos a ganar", ha remachado.

El presidente del Parlament, Roger Torrent, ha asegurado que "ni el tándem PSC-TSJC por imponer las elecciones en contra de todos los criterios sanitarios impedirán que el independentismo vuelva a ganar". "Haremos fracasar la enésima operación de Estado", ha escrito en Twitter.

En cambio, desde el PDECat han achacado al "desgobierno" de JxCat y ERC el fallo del TSJC. "Lamentamos de nuevo el desgobierno de Laura Borrás y Pere Aragonès y el hecho que estas elecciones hayan sido ratificadas por la justicia española", ha afirmado el partido en las redes sociales.