El Constitucional vuelve a dar la razón a la Generalitat con la gestión de las becas

Es la tercera vez que el TC falla a favor de que la comunidad autónoma se haga cargo de los fondos para ayudas al estudio

Estudiantes de la Universitat Politènica de catalunya (UPC) en una sala de estudio.

Estudiantes de la Universitat Politènica de catalunya (UPC) en una sala de estudio. / periodico

EL PERIÓDICO / BARCELONA

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Una nueva sentencia del Tribunal Constitucional (TC), la tercera ya, vuelva a dar la razón a la Generalitat en su reclamación sobre la gestión de las becas. En este caso, la resolución se refiere a la cuantía variable de las ayudas al estudio, que ahora decide el Ministerio de Educación. Esta sentencia del Constitucional, datada en mayo pasado, estima un conflicto de competencias planteado por la Generalitat respecto al decreto de becas del 2013, dictado por el entonces ministro José Ignacio Wert, relativas también a la movilidad de los estudiantes.

En el 2015, el TC ya sentenció sobre una situación similar, también sobre la gestión de las ayudas, en relación al decreto del 2007. En aquella ocasión, el Constitucional advertía que, "dado el tiempo transcurrido, el mantenimiento de este régimen transitorio y excepcional, derivado del retraso en la asunción por las comunidades autónomas de la mayor parte de la gestión del sistema de becas y ayudas al estudio, es difícilmente conciliable con las exigencias de un Estado descentralizado como el nuestro".

Ahora, de nuevo, recuerda esa argumentación y remarca que "tanto los motivos como las advertencias que formulamos entonces son perfectamente trasladables al presente conflicto y deben, por tanto, ser reiterados", señala la resolución del TC, a la que ha tenido acceso la agencia Efe.

UMBRALES DE RENTA

Así, considera que la competencia corresponde a la Generalitat de Catalunya y que el artículo 5.2 y la disposición final segunda, apartado 18, del Real Decreto 609/2013, en el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiares y las cuantías de las becas y ayudas al estudio, son inconstitucionales.

También estima que vulneran las competencias de la Generalitat los artículos 1.1, 2.4 y 50 y los apartados 6 y 7 de la resolución de agosto del 2013, que se refieren a la convocatoria de las becas, las condiciones de los beneficiarios y que era la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades quien dictaba resolución sobre las ayudas, asignando el importe que se destinaba a la cuantía variable de los becarios universitarios y no universitarios.

EL DECRETO DE ESTE AÑO

También el decreto de becas de este año 2016 ha suscitado protestas, esta vez de los rectores universitarios (agrupados en la CRUE) y de las familias de los estudiantes (a través de la confederación Ceapa). La semana pasada, además, rectores de las universidades públicas catalanas, sindicatos y estudiantes se unieron en un frente común para exigir, además de una rebaja inmediata de las tasas de matrícula, una revisión del actual sistema de becas, que fija una nota media mínima de un 5,5 para poder optar a una de estas ayudas.