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Impuestos

Multas de más de 10.000 euros si no declaras tus criptomonedas fuera de España antes de esta fecha límite

La Agencia Tributaria busca controlar los posibles activos en el extranjero de los contribuyentes españoles

Esta es la carta de Hacienda que puede llegar a muchos ciudadanos por datos fiscales mal registrados

Hacienda confirma que hay un seguro que puede salvarte más de 1.300 euros en tu declaración de la Renta: estos son los requisitos

Imagen de una máquina de criptomonedas de PCSystem

Imagen de una máquina de criptomonedas de PCSystem / PCSystem / EMP

Goundo Sakho

Goundo Sakho

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Las personas que poseen criptomonedas en el extranjero deberán presentar el modelo 721 antes del 31 marzo de 2026.

El modelo 721 es un modelo, al margen de la declaración de la renta, vigente desde el 2024. Actúa como el antiguo modelo 720 de bienes en el extranjero y fiscaliza aquellos criptoactivos depositados en ‘exchanges’ de fuera de España como Binance, Kraken, CoinBase y Kucoin; así como ‘wallets’ gestionados por empresas extranjeras. Es decir, la mayoría de ellos.

No sustituye a la declaración de la renta, aunque un contribuyente ya haya podido declarar ganancias o pérdidas derivadas de las criptomonedas.

El objetivo de este es informar a la Agencia Tributaria qué activos tienes en el extranjero, y viene a raíz del Real Decreto 249/2023, que modifica algunos reglamentos tributarios en España para alinearlos con la Ley 11/2021 de medidas antifraude. Introduce nuevas normativas sobre criptomonedas, el depósito de cuentas anuales y algunos ajustes en el IVA para agencias de viajes y bienes usados, es decir, los de segunda mano.

¿Quién lo tiene que presentar?

El modelo 721 afecta a todos aquellos contribuyentes que operan en el extranjero con monedas virtuales a través de plataformas internacionales. Tienen que presentarlo las personas que tengan o hayan tenido criptomonedas en el extranjero con un valor superior a 50.000 euros a 31 de diciembre de 2025.

Asimismo, también tienen que declarar los que superen el lindar por primera vez o los que hayan incrementado el valor de sus monedas virtuales en más de 20.000 euros respecto al año anterior.

Según el informe del Boletín Oficial del Estado: “En el caso de que, a 31 de diciembre, el declarante haya dejado de mantener custodiadas monedas virtuales respecto del declarado, la información a suministrar se referirá a la fecha en la que se haya producido tal circunstancia".

No presentarlo en el plazo establecido o introducir datos erróneos puede suponer multas de 10.000 o más de 10.000 euros, en casos muy graves. Hacienda no distingue entre grandes o pequeños inversores; lo más relevante es saber la cantidad y el valor de los criptoactivos.