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Agencia Tributaria.
Cada año, millones de contribuyentes en España se enfrentan a la misma pregunta: ¿cuándo se cobra la declaración de la renta? La respuesta depende de si se opta por un pago único o por el fraccionamiento en dos plazos.
A continuación, desgranamos todas las opciones y fechas clave, según la información oficial de la Agencia Tributaria, para que puedas planificar tus finanzas con precisión.
Pago único: ¿cuándo carga Hacienda el importe?
Si decides pagar de una sola vez el importe a ingresar que resulte de tu declaración de la renta, Hacienda efectuará el cobro este mismo lunes. 30 de junio de 2025, siempre que hayas domiciliado el pago antes del plazo establecido.
Esta modalidad es la más sencilla, pero exige disponer del importe total en el momento del cargo. La domiciliación bancaria debía realizarse entre el 2 de abril y el 25 de junio de 2025, en una cuenta ubicada en una entidad colaboradora del territorio español o, en su defecto, en una cuenta de la zona SEPA.
Pago fraccionado: dos plazos, sin recargos
Si, por el contrario, te decantaste por dividir el pago en dos partes, la Agencia Tributaria permite fraccionar el importe sin intereses ni recargos en un primer plazo, correspondiente al 60% y que se carga en el momento de presentar la declaración, y un segundo del 40% que puede abonarse hasta el 5 de noviembre de 2025 (inclusive).
Para beneficiarte de esta modalidad, es indispensable que presentes tu declaración dentro del plazo legal, además de que ingreses el 60% inicial en el mismo momento y que no se trate de una autoliquidación complementaria.
A su vez, la Agencia Tributaria permite tres combinaciones posibles de domiciliación bancaria para quienes opten por el pago fraccionado:
1.Domiciliar ambos plazos (60% y 40%)
- Plazo para domiciliar: del 2 de abril al 25 de junio de 2025.
- El segundo plazo se cargará automáticamente en la misma cuenta el 5 de noviembre de 2025.
2.Domiciliar solo el primer plazo
- Domiciliación también entre el 2 de abril y el 25 de junio.
- El segundo plazo (40%) debe pagarse manualmente por vía electrónica, o presencialmente en bancos, cajas o cooperativas de crédito, mediante el modelo 102, hasta el 5 de noviembre de 2025.
- También puedes domiciliar el segundo pago más adelante, hasta el 30 de septiembre de 2025, si domiciliaste el primero.
3.Domiciliar solo el segundo plazo
- En este caso, el plazo se amplía hasta el 30 de junio de 2025.
- El cargo se efectuará el 5 de noviembre de 2025.
Ya sea que optes por un pago único el 30 de junio o por el fraccionamiento en dos plazos, es fundamental respetar los plazos de domiciliación y cumplir con las condiciones estipuladas para evitar recargos añadidos como consecuencia de la demora en el pago.
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