Hacienda
Estos son todos los beneficios fiscales en la declaración de la Renta para los mayores de 65 años
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Un grupo de pensionistas / EL PERIÓDICO
La campaña de la declaración de la Renta ya ha empezado y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025. La campaña trae consigo una serie de beneficios fiscales para los contribuyentes mayores de 65 años, que deben tributar por los ingresos percibidos a través de prestaciones, mutualidades y planes de pensión. Eso sí, hay una serie de exenciones, deducciones y otras ventajas fiscales a las que acogerse.
Sin demasiadas novedades en cuanto a los colectivos exentos a presentar declaración, se mantienen los umbrales que obligan a declarar. Estos son quienes hayan obtenido ingresos superiores a 22.000 euros procedentes de un único pagador a lo largo de 2024 y de 15.876 euros para quienes hayan tenido dos o más pagadores, siempre y cuando la suma de las percepciones del segundo y los siguientes pagadores exceda la cifra de 2.500 euros anuales.
Beneficios fiscales a mayores de 65 años
Las unidades familiares entre cuyos miembros figure una persona mayor de 65 años pueden obtener beneficios fiscales que se reflejarán en su Declaración de la Renta, pues cada ascendiente de esa edad desgrava 1.150 euros, igual que una persona que padezca una discapacidad igual o superior al 33%. Si el conviviente tuviera 75 años o más, la cantidad a desgravar se amplía hasta los 2.550 euros.
Los requisitos para poder beneficiarse de esa desgravación son:
- Que el ascendiente al cargo tenga más de 65 años a la fecha de devengo del impuesto
- Que una persona de la unidad familiar tenga una discapacidad igual o superior al 33%.
- El contribuyente deberá haber convivido con el ascendiente al menos la mitad del periodo impositivo
- El ascendiente no puede tener rentas superiores a 8.000 euros, excluyendo las exentas de impuesto.
- El ascendiente no puede presentar IRPF de más de 1.800 euros.
Por otro lado, uno de los principales beneficios fiscales para este colectivo es la exención de las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual y por la venta de patrimonio, este último en caso de que se reinvierta en rentas vitalicias y teniendo en cuenta que sí tributa la cantidad que exceda de los 240.000 euros.
En Catalunya, los mayores de 65 años que vivan de alquiler pueden tener un 10% de deducción por alquiler si su base imponible no supera los 24.107,20 euros anuales. Además, también se pueden acoger a la reducción de hasta un 40% en el rescate de un plan de pensiones en forma de capital.
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