Declaración del IRPF
Renta 2024: cómo consultar los datos fiscales a partir de hoy
Las primeras declaraciones se podrán presentar a partir del próximo 2 de abril a través de Internet

Imagen de una oficina de la Agencia Tributaria. / EFE


Rosa María Sánchez
Rosa María SánchezRedactora jefe
Premio Carlos Humanes de Periodismo Económico 2020. Máster Universitario en Investigación en Periodismo por la Universidad Complutense, en 2023. Profesora en el Título de Postgrado Especialista en Información Económica de la Universidad Nebrija. Colaboradora en RNE.
La campaña de declaración de la renta y del impuesto de patrimonio correspondientes a 2024 echa a andar este mismo miércoles. A partir de este 19 de marzo se tiene acceso a los datos fiscales de cada contribuyente, al simulador de renta, al manual para su declaración y a los primeros paquetes informativos, según fuentes de la Agencia Tributaria.
Además, según el calendario del contribuyente para personas físicas que ha publicado la AEAT, las primeras declaraciones se podrán presentar por internet a partir del próximo 2 de abril, dentro de un plazo que permanecerá abierto hasta el 30 de junio (o bien, hasta el 25 de junio, si se solicita mediante domiciliación bancaria la devolución o el pago resultante de la declaración).
Los plazos publicados en la página web de la AEAT incluyen la indicación de que desde el 6 de mayo y hasta el 30 de junio la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de Renta 2024 por teléfono (previa solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
Plazos de entrega
Entre el 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de Renta 2024 presencialmente en sus oficinas (previa solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).
Para concertar las correspondientes citas previas se han habilitado los siguientes números de teléfono automático: 91 5357326 / 901 121224 o el teléfono de servicio de cita para Renta: 91 5530071 / 901 223344. También se podrá solicitar vía Internet.
Posibilidad de pagar con Bizum o tarjeta
La orden ministerial por la que se regula el modelo y los principales plazos y procedimientos para la declaración de la renta subraya, como novedad, la posibilidad del pago de la cuota del IRPF mediante plataformas de pago a través del teléfono móvil, como Bizum.
Así, en la orden ministerial se apunta que "en el caso de que la declaración resulte a ingresar, se introduce una mejora significativa en cuanto a los medios de pago: a los medios de pago tradicionales, domiciliación, pago mediante cargo en cuenta, número de referencia completo (NRC), o documento de ingreso (que se deberá imprimir y permite efectuar el pago en una entidad colaboradora dentro del plazo establecido en el artículo 8.1 para la presentación de la declaración), se añade en esta campaña de renta el pago mediante tarjeta de crédito o débito, en condiciones de comercio electrónico seguro y el pago mediante transferencias instantáneas efectuadas a través plataformas de comercio electrónico seguro (por ejemplo Bizum)".
Datos fiscales
Para hacer la declaración de la renta es necesario tener los datos fiscales, que son todos aquellos con trascendencia impositiva de los que dispone la Agencia Tributaria (retenciones, ingresos, etcétera). Se puede acceder a los mismos en la web de la Agencia Tributaria de tres formas:
- Cl@ve PIN, que es una forma de identificación para realizar trámites por internet con una validez limitada en el tiempo y que se puede renovar cada vez que se necesite.
- Certificado o DNI electrónico. Para obtenerlo, se debe solicitar a una Autoridad de Certificación (AC) a través de internet -y desde la página web de la Autoridad de Certificación o Acreditación-, acudiendo físicamente a alguna de las oficinas de registro o descargándolo por internet.
- Número de referencia, que se puede obtener en el portal de Renta mediante la opción “Obtenga su número de referencia RENØ” -a través del Servicio RENØ o por teléfono- facilitando el importe de la casilla 505 de la declaración de renta del año anterior, el DNI/NIE y su fecha de validez, expedición o número de soporte. Si el contribuyente no hubiera presentado declaración de renta el año anterior o el resultado de la casilla 505 hubiera sido igual a cero, deberá disponer del número IBAN de una cuenta bancaria en la que figure como titular.
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