IRPF
Las estafas y timos que te puedes desgravar en la Declaración de la Renta

Una persona usa su móvil.
Entre las deducciones de las que un contribuyente se puede beneficiar a la hora de presentar su declaración de la renta no se suele contar con las estafas que como víctima pueda haber sufrido en el último ejercicio pero al tratarse de una pérdida patrimonial Hacienda tiene una opinión clara al respecto.
Con la campaña de la declaración de la Renta 2024/2025 a la vuelta de la esquina las dudas de los contribuyentes se acumulan. Se puede solicitar el borrador del IRPF para solventar más fácilmente el trámite administrativo, pero en él no encontraremos una deducción que sí podríamos aplicarnos como es la de haber tenido la desgracia de convertirnos en víctima de algún delincuente.
Una consulta vinculante de un ciudadano sobre si podía desgravarse lo que había perdido al morder el anzuelo de unos estafadores telefónicos obtuvo una respuesta por parte de la AEAT según la cual sí que sería factible hacerlo siempre que esa pérdida esté bien justificada y documentada y se impute dentro del concepto legal de ganancias y pérdidas patrimoniales.
Realizada por un contribuyente el 27 de septiembre de 2023, la consulta también abrió la puerta a que cualquier tipo de estafa pueda correr la misma suerte y ser considerada por la Dirección General de Tributos de Hacienda como una pérdida a tener en cuenta en el IRPF.
El contribuyente había realizado varias transferencias atendiendo supuestos mensajes de su hija en su teléfono móvil en los que le indicaba que necesitaba dinero. El padre cayó en el engaño, por lo que su bolsillo quedó seriamente perjudicado.
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