Cuotas

Tributación por módulos: Hacienda extiende el plazo para autónomos

Confirmado por Hacienda, este es el gran cambio que sufrirá el IRPF en la declaración de la Renta 2025

Hacienda lo confirma: ya está disponible el formulario para solicitar esta nueva ayuda de 2.400 euros

Calculadora y bolígrafo encima de unos datos estadísticos

Calculadora y bolígrafo encima de unos datos estadísticos / Pexels

Pedro Sanjuán

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Las cuotas de los autónomos han vuelto a cambiar en este 2025 partiendo de unos 200 euros mensuales para el tramo más bajo, que corresponde a 670 euros de rendimientos, hasta los 590 euros del más elevado para los que superen los 6.000 euros.

Las nuevas cuotas encajan con 15 tramos de rendimientos que quedaron fijados en el acuerdo para la reforma del régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) cerrado en 2022 entre el Gobierno, los agentes sociales y las principales asociaciones de autónomos.

En ese pacto, se establecieron las tablas de cotización para tres años (2023, 2024 y 2025) con un descenso paulatino de las más bajas mientras que las más altas aumentaban progresivamente. Así, el tramo más bajo partía de una cuota de 230 euros en 2023 para pasar a 225 euros en 2024 y rebajarse a 200 euros en 2025. En el otro lado de la tabla, el tramo más alto partió de una cotización de 500 euros en 2023 para terminar en 590 este próximo año, según los cálculos de la unión de profesionales y autónomos UPTA.

Tributación por módulos

Se entiende como tributación por módulos, cuando los autónomos calculan su base imponible para pagar sus impuestos de una manera más simple. De esta manera, evitan el arduo seguimiento de los libros de registro, relacionados con el IRPF. Como se han modificado los límites de ingresos, el Gobierno permite que se adhieran a esta práctica hasta el 31 de enero.

Por otra parte, se prorroga un año más, durante 2025, los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para autónomos, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos. Asimismo, también se prorrogan para el período impositivo 2025 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA.