IRPF 2020

Hacienda publica la orden que permite a los afectados por erte pagar la renta en seis plazos

La campaña de la renta comienza este miércoles para la presentación a través de internet

La ministra portavoz y de Hacienda  Maria Jesus Montero  comparece en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en Moncloa  Madrid (Espana)  a 22 de diciembre de 2020  El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el decreto de prohibicion de los desahucios sin solucion habitacional  que incluira la prohibicion de los cortes de suministros basicos (luz  agua y calefaccion)  asi como un plan de apoyo al sector Horeca (hosteleria  restauracion y cafeterias) y del comercio   22 DICIEMBRE 2020 DESAHUCIOS ALQUILER HIPOTECA COVID-19 CORONAVIRUS GOBIERNO PSOE  EUROPA PRESS M FERNANDEZ  POOL  22 12 2020

La ministra portavoz y de Hacienda Maria Jesus Montero comparece en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en Moncloa Madrid (Espana) a 22 de diciembre de 2020 El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el decreto de prohibicion de los desahucios sin solucion habitacional que incluira la prohibicion de los cortes de suministros basicos (luz agua y calefaccion) asi como un plan de apoyo al sector Horeca (hosteleria restauracion y cafeterias) y del comercio 22 DICIEMBRE 2020 DESAHUCIOS ALQUILER HIPOTECA COVID-19 CORONAVIRUS GOBIERNO PSOE EUROPA PRESS M FERNANDEZ POOL 22 12 2020 / EUROPA PRESS / M. FERNANDEZ / POOL

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Coincidiendo con el inicio de la renta y el patrimonio 2020 por internet, el Ministerio de Hacienda ha dictado una orden, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en vigor desde hoy mismo, que permitirá a los trabajadores que percibieron el año pasado prestaciones por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) fraccionar el pago del IRPF en seis veces si el resultado de su declaración les sale a ingresar.

Este miércoles es el primer día de la campaña, que tiene otras fechas clave a partir del 6 de mayo para la elaboración de declaraciones por teléfono y el 2 de junio para las presenciales con cita previa. El 30 de junio es el último día de la campaña.

A las dudas tradicionales sobre la declaración de la renta (quién tiene la obligación de realizarla, cómo declarar una vivienda o realizarla de forma conjunta o por separado si estás casado o casada) este año se suman las peculiaridades de 2020: las prestaciones derivadas de los Expedientes de Regulación de Empleo (ertes) y el comienzo del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Para ayudar a los contribuyentes, la Agencia Tributaria ha elaborado dos guías, una para los preceptores de las prestaciones de los ertes y otra para los beneficiarios del IMV, en las que aclara ciertos aspectos a tener en cuenta. Además, afirma que enviará cartas a los beneficiarios de ambas prestaciones.

En el caso concreto de los trabajadores en erte, Hacienda recuerda que esta prestación es un rendimiento del trabajo sujeto al IRPF y no exento, y concreta que la problemática con la que se pueden encontrar los beneficiarios son dos: la posibilidad de resultar obligados a presentar declaración al contar con dos pagadores, su empleador y el propio SEPE, o haber recibido abonos del SEPE no procedentes.

Envío de cartas

La Agencia Tributaria, de cualquier forma, va a realizar un envío de cartas informativas a aquellos perceptores de erte que no presentaran declaración en la campaña de renta anterior y reforzará la asistencia personalizada para facilitar la presentación de la declaración y la resolución de dudas a todos los perceptores de estas prestaciones del SEPE que lo necesiten.

Con carácter general, los contribuyentes tienen que presentar declaración por IRPF cuando sus rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros. Ahora bien, cuando cuentan con dos o más pagadores -sería el caso de un empleador y del SEPE-, ese límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros.

En el caso de que se hayan percibido del SEPE abonos no procedentes o superior a los que corresponden, a efectos de la declaración en la campaña de renta, será diferente en función de si el SEPE ha iniciado o completado ya el expediente de reintegro de ese exceso en el momento en que el contribuyente presente su declaración, o si todavía el expediente de reintegro no se ha iniciado.

En todo caso, Hacienda ha dictado una orden para que, de manera voluntaria, los trabajadores perceptores de prestaciones derivadas de un erte puedan fraccionar de manera extraordinaria el pago de su declaración en seis veces, con vencimientos los días 20 de cada mes, siendo el primero el 20 de julio de 2021. el fraccionamiento habitual cuando las liquidaciones son positivas son el 60% ahora y el 40% restante en noviembre.

Durante el fraccionamiento de estos pagos no se devengarán intereses de demora ni será necesaria aportación de garantía. Para poder acogerse a este fraccionamiento, el contribuyente o cualquiera de los miembros de la unidad familiar en caso de tributación conjunta tendrá que haber estado incluido en un erte y haber percibido prestaciones por ello durante el ejercicio 2020. Además, para acceder al fraccionamiento el importe pendiente de pago no podrá exceder de 30.000 euros, tanto en periodo voluntario como ejecutivo