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Periodos de prueba y sus límites

¿Cuánto puede durar un periodo de prueba? El Estatuto de los Trabajadores fija unos límites claros

El periodo de prueba no puede acordarse si el trabajador ya ha desempeñado las mismas funciones, garantizando derechos y obligaciones como si formara parte de la plantilla

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El Estatuto de los Trabajadores concreta la duración máxima del periodo de prueba según la categoría del trabajador y el tamaño de la empresa

El Estatuto de los Trabajadores concreta la duración máxima del periodo de prueba según la categoría del trabajador y el tamaño de la empresa / ARCHIVO

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Alejandro Navarro

Alejandro Navarro

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Antes de contratar a una persona dentro de la empresa, es habitual establecer un periodo de prueba para evaluar las capacidades del trabajador, así como decidir la eficacia y rentabilidad dentro de su puesto.

Aun así, lo que no muchos sabrán es que el Estatuto de los Trabajadores establece límites clave a estos periodos, sobre todo para evitar prácticas abusivas o malintencionadas.

Motivos para justificar un periodo de prueba

En este caso, el artículo 14 define los parámetros de tiempo para esta medida: "En el supuesto de los contratos temporales de duración determinada del artículo 15, concertados por tiempo no superior a seis meses, el periodo de prueba no podrá exceder de un mes, salvo que se disponga otra cosa en convenio colectivo".

Asimismo, se entiende que los contratos temporales de duración determinada solo podrán celebrarse "por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora". Estos contratos tendrán que tener una causa habilitante, circunstancias concretas que lo justifiquen y una conexión con su duración.

En todo caso, si el convenio colectivo de la empresa establece cómo debe ser el periodo de prueba, este plazo tendrá que ser respetado. Otro punto clave serían los distintos periodos de prueba.

Algunas características clave: duración, límites y derechos

Según la normativa, la duración no podrá superar los seis meses para técnicos titulados, ni dos meses para el resto de trabajadores. Además, en las empresas con menos de 25 trabajadores, el periodo de prueba no podrá alargarse más de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.

Por otro lado, si hablamos de sus limitaciones, el Estatuto aclara que no se podrá acordar un periodo de prueba si el trabajador ya ha desempeñado antes las mismas funciones en la empresa, sea cual sea el tipo de contrato.

En cuanto a derechos y obligaciones, la normativa es bastante clara: "durante el periodo de prueba, la persona trabajadora tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe como si fuera de plantilla". Aunque en este periodo no se incluyen "los derivados de la resolución de la relación laboral".

Qué pasa con las trabajadoras durante el embarazo

Un matiz importante implica a las trabajadoras embarazadas, ya que no se podrá finalizar su contrato durante el periodo de prueba simplemente por su embarazo, solo por una causa externa a ello.

Así, la protección legal se aplicaría desde el inicio del embarazo hasta que comience el periodo de suspensión o maternidad. Con todo ello, es importante aclarar que se tendrá derecho a cobrar una indemnización si se realiza el despido durante el periodo de prueba.