Derechos laborales
El Supremo confirma el próximo festivo del calendario de los trabajadores: llegará en pocas semanas
Los expertos señalan que si cae en sábado y para ti no es laborable "puedes reclamar a la empresa que te deje descansar cualquier otro día del año"
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La Virgen de la Asunción durante la procesión de las Aleluyas, en Elche (Alicante, Valencia). / Archivo

El calendario laboral contempla otro festivo nacional en agosto por la celebración de la Asunción de la Virgen, una fecha inamovible para todo el país y que conmemora la doctrina católica que sostiene que la Virgen María, al final de su vida terrenal, fue llevada al cielo en cuerpo y alma.
Este credo, declarado como verdad de fe por el papa Pío XII el 1 de noviembre de 1950, siempre se ha celebrado coincidiendo con la fecha de la construcción de la basílica de La Tumba de María en Jerusalén (en el siglo V) y, posteriormente, con la fecha en la que el emperador bizantino Mauricio (s. VI) decretó su celebración oficial en todo el imperio.
En España, el 15 de agosto se declaró festivo oficial tras el acuerdo entre el Estado y la Santa Sede, en 1979. No obstante, este año, al caer en sábado, ha generado una nueva duda: ¿los trabajadores que libren ese mismo día perderán el festivo sin más? Una sentencia de la Audiencia Nacional ha introducido un criterio relevante para este tipo de situaciones.
Reclamar a tu empresa
A lo largo de los años, el Tribunal Supremo ha ido redefiniendo los conceptos de descanso semanal y festivo laboral. Según sentencias como la STS 372/2025 o posteriores, ambos son derechos independientes que no pueden solaparse sin compensación, un criterio que solo se aplicó a los trabajadores con turnos rotativos o jornadas laborales de lunes a domingo.
No obstante, la sentencia 90/2026 de la Audiencia Nacional, celebrada el pasado mes de mayo, ha extendido este principio a los trabajadores con jornada de lunes a viernes, cuyo descanso semanal recae en sábado, escenario que precisamente se repetirá el próximo 15 de agosto, día de la Asunción de la Virgen.
A partir de ahora, quienes tengan ese día como descanso semanal podrán tener acceso a un día libre adicional: "Si tú no trabajas ese sábado, puedes reclamar a la empresa que te deje descansar cualquier otro día del año para compensar ese día festivo que tú no vas a trabajar, ya que, al final de cuentas, tienes que disfrutar de 14 días festivos al año", explica el abogado Juanma Lorente a través de TikTok. Eso sí, es conveniente revisar el convenio colectivo de la empresa.
Demanda de los sindicatos
La sentencia fue impulsada gracias a las demandas de los sindicatos Unión Sindical Obrera (USO), Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO) contra la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), entidad representante de las empresas del sector del 'contact center'.
Según se expone en las denuncias, las empresas se negaban a compensar a los trabajadores con un día libre adicional cuando un festivo coincidía con su día de descanso semanal y, además, incumplían el Estatuto de los Trabajadores en materia de permisos laborales para, por ejemplo, la hospitalización y el cuidado de familiares enfermos.
Finalmente, el tribunal dictaminó que las empresas estaban obligadas a compensar con un día libre cada festivo y reconoció que dicha compensación debía gozarse con un plazo máximo de 14 días con efectos retroactivos para quienes hubieran sufrido la situación durante el año anterior.
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