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TRANSPORTES

Un Tribunal tumba el plan de Renfe para crear una empresa de autobuses tras las quejas de las patronales

Pese a la resolución del órgano judicial, Renfe ha insistido a través de un comunicado en la creación de una empresa de autobuses que preste los servicios alternativos de transporte cuando la circulación en tren no sea posible

Archivo - Tren de Renfe Mercancías

Archivo - Tren de Renfe Mercancías / RENFE - Archivo

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Jaime Mejías

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El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha decretado la anulación total de varias cláusulas de la licitación lanzada por Renfe para crear una empresa de autobuses, destinada a prestar los servicios alternativos cuando la circulación de trenes no es posible.

La Asociación Nacional de Empresarios de Transportes en Autocares (Anetra) y la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), que habían recurrido esas cláusulas, han recibido este viernes la notificación del TACRC, según han informado en un comunicado.

Revés a la licitación

La resolución estima los recursos presentados y ordena la retroacción del procedimiento del llamado 'Acuerdo Marco de Servicio de transporte alternativo por carretera', la licitación a través de la cual Renfe buscaba un socio para colaborar en la prestación del servicio de esa nueva empresa de autobuses.

Ambas patronales denunciaron que el diseño del concurso expulsaba directamente al 99% de las empresas del sector --compuesto mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos-- para favorecer "de forma exclusiva a un puñado de grandes corporaciones".

"El dictamen del TACRC ratifica punto por punto las ilegalidades y abusos competitivos expuestos por Anetra y Fenadismer en sus recursos y que han supuesto este dictamen contra la operadora pública ferroviaria", aseguran.

Las objeciones del tribunal

En concreto, las patronales aseguran que la resolución apunta a la "falta de justificación" de la necesidad de crear una sociedad, la ausencia "injustificada" de la división en lotes, los requisitos de solvencia "desproporcionados", las trabas "injustificadas" a las agrupaciones de empresas, la "vulneración" de los plazos legales de duración, la omisión de la publicación preceptiva en el Diario Oficial de la Unión Europea o la "falta de transparencia y desglose de costes".

"Esta resolución es una victoria de la legalidad, de la libre competencia y de la supervivencia de las pymes y microempresas españolas. No podíamos consentir que un operador público estatal pretendiese regalar un mercado de casi 1.000 millones de euros a un oligopolio, marginando a quienes prestan día a día un servicio excelente y con máxima capilaridad en cada rincón de nuestra geografía", concluyen.

Pese a la resolución del órgano judicial, Renfe seguirá insistiendo en la creación de una empresa de autobuses que preste los servicios alternativos de transporte cuando la circulación en tren no sea posible.

La compañía recalca en un comunicado que la última resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) no supone el abandono de esta iniciativa, tras anular el concurso al detectar que varias cláusulas no se ajustaban a derecho.

Renfe mantiene su hoja de ruta

Al contrario, Renfe insiste en que adaptará el procedimiento administrativo a las observaciones realizadas por este órgano, con el objetivo de revisar y modificar los aspectos del pliego que resulten necesarios.

"Renfe reitera que no renuncia a la creación de la sociedad participada", al considerar que se trata de una herramienta estratégica para reforzar la atención a los viajeros en situaciones de incidencia ferroviaria u obras en la red, mejorar la capacidad de respuesta, y optimizar los recursos destinados a los planes alternativos de transporte", argumenta.

Defensa del proyecto

Renfe recalca que la nueva sociedad no nace para competir con el sector, sino "para garantizar una capacidad de respuesta suficiente cuando el sistema ferroviario se vea interrumpido", y recuerda que es la única operadora (frente a Ouigo o Iryo) que garantiza la movilidad de la ciudadanía cuando se da esta circunstancia.

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