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Despidos disciplinarios

Despedido por criticar a su empresa por Tiktok en horario laboral: la Justicia da la razón a la compañía

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares confirma el despido de un empleado tras divulgar datos internos de la empresa

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El trabajador, que llevaba cuatro años en la empresa, asegura que el despido es desproporcionado al no causar un daño económico directo a la compañía

El trabajador, que llevaba cuatro años en la empresa, asegura que el despido es desproporcionado al no causar un daño económico directo a la compañía / EUROPA PRESS - ARCHIVO

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Alejandro Navarro

Alejandro Navarro

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El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha confirmado el despido procedente de un camarero de hotel tras criticar a su empresa en un vídeo publicado en sus redes sociales.

En un primer momento, los juzgados dieron la razón a la empresa tras formalizar el despido, una decisión que el trabajador intentó recurrir. Sin embargo, el TSJ de Baleares terminó de confirmar el despido disciplinario, ya que el empleado "rompió la confianza laboral".

Un vídeo grabado desde su puesto de trabajo y en horario laboral

Según confirma la sentencia, el trabajador subió a Tiktok un vídeo durante su horario de trabajo, donde criticaba a su empresa, además de identificarla y desvelar sus márgenes de beneficio.

Este camarero llevaba trabajando en la empresa Hotels & Resorts desde junio de 2019, con un contrato fijo discontinuo. Más adelante, ya en mayo de 2024, decidió realizar una grabación desde su puesto de trabajo, mostrando el sistema operativo privado y de cobro que se usaba en la empresa.

Por otro lado, durante el vídeo este trabajador mencionó los márgenes de beneficio de su empresa, además de hablar acerca de los sueldos que recibían los empleados. Una vez que la compañía encontró el vídeo, le comunicó al trabajador su despido disciplinario de manera inmediata.

El empleado señala un despido "desproporcionado e improcedente"

En repuesta al despido, el empleado aseguró en los juzgados que este había sido "desproporcionado e improcedente", ya que no se podía identificar a la empresa y no se había realizado un daño real a esta compañía. Por ello, aunque su conducta no había sido adecuada, no entiende por qué se le aplicó el castigo más severo.

La empresa aseguró que, a pesar de no existir un daño económico directo, los mensajes difundidos del trabajador suponían un importante daño a la "reputación, prestigio y credibilidad exterior".

Con todo ello, el trabajador reconoció haber subido el vídeo desde su puesto de trabajo y en horario laboral, mostrando el sistema operativo interno. Según los jueces, esta acción supuso un "ataque directo a la reputación y crédito profesional" de la compañía, además de "transgredir la buena fe contractual", confirmando así del despido del trabajador.