Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Devolución de la fianza

¿Puede tu casero quedarse con la fianza para pintar el piso? "No siempre es fácil demostrar si una avería responde al desgaste o a un uso inadecuado"

El experto en alquileres explica qué puede descontar el propietario de la fianza al terminar el contrato

¿Cuándo se tiene que devolver la fianza de un piso de alquiler? Hay un tope que el propietario está obligado a respetar

Un abogado aclara cuándo un inquilino puede irse del alquiler aunque el contrato diga lo contrario.

Un abogado aclara cuándo un inquilino puede irse del alquiler aunque el contrato diga lo contrario. / INFORMACIÓN

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
C. Suena

C. Suena

Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El momento de la devolución de la fianza en un alquiler suele generar dudas y conflictos entre propietarios e inquilinos. Uno de los más habituales es si el casero puede quedarse con ese dinero para pintar la vivienda tras finalizar el contrato. El abogado especialista en arrendamientos, Alberto Sánchez, lo deja claro: “No, el desgaste por el paso del tiempo lo paga el propietario, salvo que hayas destrozado las paredes o venga expresamente en el contrato”.

Pero más allá de la explicación del experto, la clave está en distinguir entre el uso normal de la vivienda, que implica cierto deterioro inevitable, y los daños que exceden ese uso. Esta diferencia es la que determina si el propietario puede o no retener parte de la fianza.

Pintar el piso: desgaste o desperfecto

Según explica el experto, la pintura de la vivienda se considera, en condiciones normales, parte del desgaste por el uso habitual del inmueble. Por tanto, ese coste corresponde al propietario. En la práctica, esto significa que el simple paso del tiempo o el uso cotidiano no justifican que el casero descuente el coste de pintar el piso. Solo en casos en los que existan daños evidentes en las paredes o si el contrato lo recoge de forma explícita, el casero podría descontar ese importe de la fianza.

Desperfectos por mascotas

El abogado también aclara otra duda frecuente: los daños provocados por animales domésticos. “Absolutamente sí, los destrozos que haga un animal los tiene que pagar el dueño del animal”, señala. Eso sí, estos daños deben estar siempre justificados con facturas o pruebas. Aquí la interpretación es más clara: se trata de daños concretos y atribuibles, por lo que el propietario sí puede reclamar su coste, siempre que pueda acreditarlo.

En el caso de los electrodomésticos, Alberto Sánchez distingue entre desgaste y mal uso. Si un aparato deja de funcionar por antigüedad o uso normal, el coste corresponde al propietario. Sin embargo, si el daño se debe a un mal uso por parte del inquilino, será este quien deba asumirlo. Este punto suele generar controversia, ya que no siempre es fácil demostrar si una avería responde al desgaste o a un uso inadecuado, lo que puede derivar en conflictos entre ambas partes.

Suministros pendientes de pago

Otra cuestión habitual es la de los suministros al finalizar el contrato de alquiler. El abogado recuerda que el inquilino debe hacerse cargo de todas las facturas correspondientes al periodo en el que ha ocupado la vivienda, y estos importes sí pueden descontarse de la fianza.

En este caso, la norma es más clara, ya que se trata de gastos directamente vinculados al uso del inmueble durante el tiempo de alquiler.

Cómo reclamar la fianza si hay problemas

Si el propietario no devuelve la fianza o realiza descuentos sin justificar, el inquilino puede reclamarla. “Si te han descontado algo que no debían, no te lo han justificado con facturas o directamente no te devuelven la fianza, el siguiente paso es reclamárselo al propietario”, explica el abogado.

En estos casos, contar con pruebas, contratos y facturas resulta clave para poder defender la reclamación y evitar que la fianza se utilice de forma indebida.

Suscríbete para seguir leyendo

Fuente: Información