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Energía

El impuesto del 7% a la producción eléctrica desaparecerá al extinguirse la deuda del déficit de tarifa que financiaba

El gravamen fue creado en 2013 para hacer frente a la financiación del déficit de tarifa cuya deuda acumulada terminará de pagarse en dos años

La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, a 29 de junio de 2026, en Madrid (España).

La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, a 29 de junio de 2026, en Madrid (España). / Gabriel Luengas - Europa Press

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Sara Ledo

Sara Ledo

Madrid
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El Gobierno ha decidido eliminar definitivamente el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) en 2028 tras más de una década de funcionamiento. Su desaparición supondrá una reducción de hasta el 6% en la factura de electricidad a partir de esa fecha, según las estimaciones del Gobierno trasladadas por la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica, Sara Aagesen, la misma que hace solo dos años, cuando el PP y Junts plantearon eliminar este impuesto, decía que su eliminación supondría un encarecimiento del recibo.

La diferencia entre ambas afirmaciones es temporal. En 2028 se extingue el pago de la deuda por el déficit de tarifa, que los consumidores todavía abonan a través de la factura de la luz y para cuya financiación fue creado el impuesto hace más de una década. Es decir, a partir de esa fecha y una vez amortizada la deuda desaparece la principal justificación financiera del impuesto.

Entre el año 2000 y el 2013, el dinero que los usuarios pagaban en sus recibos de la luz no fue suficiente para cubrir los costes del sistema eléctrico, lo que fue generando un pasivo que ascendió a 28.700 millones de euros y que se conoció como déficit de tarifa. En 2013, durante la primera legislatura de gobierno de Mariano Rajoy, el entonces ministro de Energía, José Manuel Soria, decidió crear un impuesto para ayudar a minimizar ese desequilibrio.

Su recaudación, que se transfiere íntegramente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, varía en función de los precios de la electricidad de cada periodo, pero se sitúa en torno a 1.500 millones de euros al año. Sin embargo, no sirve (o no se utiliza) para pagar toda la deuda acumulada, que además ha generado intereses, sino que los usuarios pagan, además, un concepto específico en su factura para amortizar esa deuda.

En concreto, este 2026 cada consumidor de electricidad paga unos 60 euros en el recibo para hacer frente a la anualidad de la deuda, que asciende a 1.883 millones de euros. Son 20 euros menos que lo pagado en las facturas del año pasado y un poco más de lo que se pagará en 2027 (1.006 millones de euros en total). En 2028 se pondrá fin a esta histórica hipoteca eléctrica, con un último desembolso, a principios de año, de apenas 277 millones de euros.

Y si no hay deuda, no se necesitan ingresos asociados. O al menos eso ha considerado el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en el real decreto ley de medidas para dar respuesta a la crisis en Oriente Medio al enunciar la eliminación progresiva del impuesto, acompasado a la desaparición progresiva de las anualidades de la deuda. Así, después de tres meses suspendido por el incremento de los precios tras la guerra de Irán, el impuesto del 7% sobre la producción de electricidad bajará un 30% a partir del 1 de julio, mientras que a partir de octubre se reducirá un 40% y en 2027 se pagará solo el 50%, lo que equivale a situarlo en el 3,5%. A partir del 1 de enero de 2028 el impuesto se situará en el 0%.

Tasa muy polémica

Esta tasa generó desde su creación una intensa polémica entre grandes eléctricas y pequeños productores de energías renovables que respondieron a ella con multitud de demandas judiciales. El Tribunal Superior de Justicia de Valencia llevó el gravamen al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para plantear si el gravamen se ajustaba al Derecho de la Unión.

Entre las cuestiones expuestas se encontraban su naturaleza como impuesto directo y no indirecto, su finalidad recaudatoria y no ambiental, que es como se presentó, o la identidad de tratamiento fiscal a la energía procedente de fuentes no renovables que a la que procede de fuentes renovables (se aplica por igual a todas las tecnologías de generación, ya fueran renovables o fósiles). La sentencia confirmó la compatibilidad del impuesto con el derecho de la Unión y mantuvo el impuesto.

Sin embargo, el Gobierno lo ha utilizado en los últimos años para reducir el precio de la factura en momentos de crisis. La primera vez fue entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2018 debido al incremento de los precios durante ese periodo. La segunda, entre el 1 de julio de 2021 y el 31 de diciembre de 2023, cuando lo recuperó de forma gradual (3,5% en el primer trimestre de 2024 y 5,25% en el segundo), por la guerra de Ucrania y el encarecimiento generalizado de la energía. Y la última, a mediados de marzo y hasta el 30 de junio, por la guerra de Irán y el temor a un nuevo repunte de los precios.

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