Fiscalidad de las pequeñas empresas
Miles de pymes empezarán a pagar menos Impuesto sobre Sociedades: quién se beneficia, cuánto baja y qué cambia hasta 2029
La campaña del ejercicio 2025 incorpora la primera fase de la rebaja prevista en la Ley 7/2024 para microempresas y pymes

Las microempresas y las empresas con una cifra de negocios inferior a 10 millones de euros pueden tributar a tipos inferiores a los vigentes hasta ahora, dentro de un calendario de reducción progresiva que culminará en 2029. / IMAGEN DE ARCHIVO

La campaña del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2025 llega con un cambio que miles de pequeñas empresas empezarán a notar en su factura fiscal. Aunque la rebaja no acaba de aprobarse ahora, sino que forma parte de la Ley 7/2024, este es el primer ejercicio en el que muchas sociedades aplicarán los nuevos tipos impositivos previstos por la reforma, que continuará desplegándose de forma progresiva hasta 2029.
La modificación afecta principalmente a las microempresas y a las empresas de reducida dimensión, un colectivo que representa la inmensa mayoría del tejido empresarial español y que tiene un peso especialmente relevante en comunidades como Catalunya. La medida persigue reducir gradualmente la tributación de estas sociedades con el objetivo de favorecer su competitividad, la inversión y la generación de actividad económica.
Conviene, no obstante, hacer una precisión importante. La rebaja no constituye una novedad legislativa de 2026, sino la aplicación práctica del calendario aprobado por las Cortes a finales de 2024. El inicio de la campaña del Impuesto sobre Sociedades ha vuelto a situar la medida en el centro de la actualidad porque es ahora cuando numerosas empresas comienzan a beneficiarse de sus primeros efectos.
La reforma modifica el artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y establece un descenso gradual de los tipos para determinados contribuyentes.
Empresas pequeñas y microempresas
En el caso de las empresas de reducida dimensión, con una cifra de negocios inferior a 10 millones de euros y que cumplan los requisitos previstos en la normativa, el tipo general inicia una reducción progresiva desde el 25% vigente hasta alcanzar el 20% en 2029. Para el ejercicio 2025, la primera rebaja sitúa el tipo en el 24%, continuando el calendario descendente en los ejercicios siguientes.
Las microempresas, con una cifra de negocios inferior al millón de euros, pasan a tributar mediante un sistema específico que distingue entre los primeros 50.000 euros de base imponible y el resto, con tipos también inferiores a los existentes antes de la reforma.
Una rebaja gradual, pero no automática
El ahorro final dependerá de la situación de cada empresa. El tipo impositivo es solo uno de los elementos que determinan la cuota a pagar, ya que también influyen factores como las deducciones aplicables, la compensación de bases imponibles negativas o los distintos incentivos fiscales previstos por la normativa.
Por ello, no todas las sociedades experimentarán el mismo descenso en su factura tributaria, ni el impacto será idéntico en todos los casos. Tampoco todas las empresas podrán acogerse a estos tipos reducidos, ya que deberán cumplir las condiciones establecidas por la legislación vigente.
Con todo, el calendario aprobado por la Ley 7/2024 marca un cambio relevante en la tributación de las pequeñas empresas españolas. La campaña correspondiente al ejercicio 2025 supone el primer paso visible de una reducción gradual que continuará durante los próximos años y que culminará en 2029, cuando las empresas que cumplan los requisitos previstos por la norma habrán completado el nuevo esquema de tipos diseñado por el legislador.
En un contexto de elevada presión sobre los costes empresariales y laborales, conocer quién puede acogerse a estas rebajas y cómo se aplican resulta clave para planificar correctamente las obligaciones fiscales y evitar interpretaciones erróneas sobre una reforma que ya estaba aprobada, pero cuyos efectos comienzan ahora a percibirse de forma efectiva.
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