Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Jubilación por años cotizados en 2027

Jubilación ordinaria en España: claves para acceder a la pensión máxima con 65 o 67 años en 2027

Los trabajadores podrán jubilarse a los 65 años si han cotizado 38 años y seis meses, mientras que el resto deberá esperar hasta los 67

La brecha entre la pensión mínima y máxima de jubilación supera ya los 2.300 euros al mes en España

La cotización adicional puede mejorar la pensión en casos de jubilación demorada o anticipada, a pesar de los límites para la jubilación ordinaria

La cotización adicional puede mejorar la pensión en casos de jubilación demorada o anticipada, a pesar de los límites para la jubilación ordinaria / MIGUEL ANGEL GRACIA - ARCHIVO

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
Alejandro Navarro

Alejandro Navarro

Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La edad de jubilación es un aspecto muy importante a tener en cuenta, sobre todo si se pretende cobrar la pensión máxima. Aun así, no todos saben que esta cifra puede verse modificada a lo largo del tiempo.

De hecho, según confirman fuentes oficiales, para 2027 será necesario esperar hasta los 67 años si no se han cotizado al menos 38 años y seis meses. Por otro lado, si se cumple el período de cotización, el trabajador puede retirarse antes de tiempo, en concreto, a los 65 años.

Tabla de jubilación por años cotizados para 2027

Actualmente, existen dos alternativas para la edad de jubilación ordinaria. Por un lado, los trabajadores pueden recurrir a la edad legal de jubilación y, por otro, la cotización acumulada según la edad de jubilación a lo largo de nuestra trayectoria profesional.

En este sentido, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha ampliado de forma gradual los años necesarios para jubilarse. Sin embargo, a partir de 2027 esta edad no se ampliará más, convirtiéndose en la edad de jubilación definitiva.

Con ello, la Seguridad Social establece la edad de jubilación según la cantidad de años cotizados, pudiendo modificar así la pensión recibida:

  • Menos de 15 años: En este caso, no se tendría derecho a pensión contributiva
  • Entre 15 y menos de 37 años: El trabajador puede acceder a una pensión parcial según la cotización. Además, la edad ordinaria de jubilación es de 67 años
  • Menos de 38 años y 6 meses: Se puede acceder a la jubilación ordinaria, aunque la edad ordinaria se mantiene en los 67 años
  • 38 años y 6 meses o más: El trabajador tendría derecho a recibir la jubilación, e incluso puede retirarse a los 65 años

Debemos tener en cuenta que esta edad ordinaria de jubilación no puede verse reducida más allá del límite fijado. Por ejemplo, aunque la persona demuestre un periodo de cotización de 40 años o más, tendrá que jubilarse a los 65 años, pero no antes de ello.

Convenios especiales para mejorar la cotización

Por otro lado, si hablamos de personas que se han quedado desempleadas, estas pueden recurrir a un convenio especial para pagar sus propias cotizaciones. De este modo, aunque no se alcancen los 37 años cotizados, el convenio puede sumar una base de cotización económica, así como tiempo de cotización.

A su vez, aunque cotizar más de 37 años no mejora la pensión de jubilación ordinaria, sí que puede tener efectos positivos en algunos casos, como sería con la jubilación demorada. Básicamente, el exceso de cotización podría generar un porcentaje adicional sobre la pensión.

Asimismo, en las jubilaciones anticipadas, ya sean voluntarias o involuntarias, cotizar años de más puede reducir la penalización aplicable por adelantar la jubilación. Con ello, aunque existe un límite de cotización para la jubilación ordinaria, este no se tendría en cuenta para otras modalidades de retiro.