Derechos laborales
Ya está en vigor: este es el permiso laboral de 4 días totalmente pagado que puedes tener
La Unión Europea propone soluciones para hacer frente a la desigualdad de género en el sector doméstico y de cuidados
Las bajas en el sector de los cuidados crecen un 70% en seis años y comprometen la ayuda a domicilio: "Está en riesgo la atención a dependientes"

Imagen de una mujer trabajando. / Pixabay

No es nada extraño tener que ausentarse en el trabajo por situaciones imprevistas, como un accidente, una enfermedad repentina o la necesidad de atender a un familiar dependiente. Muchas personas se han visto obligadas a recurrir a una excusa, a pedir un favor o gastar sus días de vacaciones para atender situaciones de este tipo y no verse afectadas económicamente en el proceso. No obstante, lo que muchos desconocen es que el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que pone fin a esta controversia.
La sentencia número 416/2026, de 17 de abril de 2026, confirma de forma definitiva que las empresas están obligadas a retribuir hasta 4 días al año de ausencias por motivos familiares urgentes, aunque el convenio colectivo no lo recoja expresamente. Por lo tanto, esto significa, además, que no es obligatorio disfrutar de este permiso por jornadas completas, sino que uno puede adaptar estas horas a sus necesidades, siempre dentro del límite establecido.
La demanda de los sindicatos
Desde junio de 2023, el Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de ausentarse del trabajo por motivos familiares urgentes. El permiso reconocía hasta 96 horas para, por ejemplo, llevar a un progenitor al hospital por una urgencia, atender a un hijo cuando la escuela avisaba del algún problema o acompañar a una pareja en caso de accidente grave. La mayoría de las empresas aceptaron el carácter retribuido del permiso. Sin embargo, poco después, muchas empezaron a descontar estas horas de los salarios, alegando que su convenio colectivo no lo recogía.
Frente a esta situación, los sindicatos USO (Unión Sindical Obrera), CIG (Confederación Intersindical Gallega) y CGT (Confederación General del Trabajo) presentaron una demanda ante la Audiencia Nacional, y esta finalmente, acabó dándoles la razón en febrero de 2024, declarando que los permisos debían ser remunerados por ley. El artículo 37.9 de la misma lo expresa así: "Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año", siempre que se acredite el motivo.
Esta norma sigue a la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento y del Consejo Europeo (20 de junio de 2019), relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de los progenitores y los cuidadores. Su finalidad no es otra que incorporar mecanismos y herramientas que permitan la adaptación de las condiciones del trabajo, así como la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito de las relaciones laborales.
Desigualdades de género
El trabajo doméstico no remunerado recae de manera desproporcionada sobre las mujeres. Según datos del Instituto de las Mujeres, las mujeres dedican el doble de horas semanales a las tareas del hogar que los hombres; el 22% de las mujeres con personas dependientes o menores a cargo trabaja a tiempo parcial frente al 4% de los hombres; y, según la UGT, 9 de cada 10 mujeres solicitan la reducción de jornada laboral o acaban dejando el empleo para el cuidado de familiares, algo que repercute directamente en la ocupación.
Un estudio del Instituto Europeo de la Desigualdad de Género expone que el sector asistencial remunerado registra un alto porcentaje de mujeres que, con frecuencia, tienen empleos precarios, que disminuyen sus perspectivas de desarrollo profesional. Además, señala que la brecha salarial entre hombres y mujeres "se origina porque un mayor porcentaje de mujeres se concentra en trabajos y sectores mal remunerados como consecuencia de las expectativas socioculturales".
A esto, hay que añadir que por mucho que algunas personas puedan afirmar que reparten equitativamente las tareas de prestación de cuidados, si se examinan detenidamente se aprecia que la división obedece a claros roles de género y al sentimiento de culpa que muchas mujeres sienten a la hora de delegar el cuidado de sus familiares a otras personas. Para combatir esta segregación, la Unión Europea ha propuesto aumentar la accesibilidad a los servicios asistenciales, fortalecer el marco legal para una mayor igualdad salarial y ofrecer nuevas oportunidades de desarrollo profesional para ambos géneros.
Fuentes:
- Instituto de las Mujeres: 'Mapadecuidados.es, la plataforma para acceder a recursos y trámites sobre el trabajo de cuidados del Instituto de las Mujeres'
- Tribunal Supremo: 'El Tribunal Supremo fija que el permiso por fuerza mayor por motivos familiares es retribuido por imperativo legal sin que sea necesario su reconocimiento expreso en el convenio colectivo'
- Instituto Europeo de la Desigualdad de Género: 'Desigualdades de género en la prestación de cuidados y la retribución en la UE'
- BOE: 'Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo'
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