Prácticas y jubilación
El trámite con el que miles de trabajadores pueden sumar hasta 5 años de cotización si hicieron prácticas antes de 2024
La Seguridad Social mantiene abierto el convenio especial para recuperar periodos de prácticas académicas y formación, aunque exige pagar cotizaciones

Un becario realizando sus prácticas / IMAGEN DE RECURSO

Las personas que realizaron prácticas académicas o formativas antes de 2024 todavía pueden recuperar esos periodos como años cotizados para la jubilación. La medida, regulada por la Seguridad Social desde 2024, permite reconocer hasta cinco años de cotización mediante un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), aunque no se trata de un reconocimiento automático ni gratuito.
El mecanismo ha vuelto a ganar visibilidad después de que muchos trabajadores sénior descubrieran que antiguas prácticas universitarias, becas o programas formativos podrían ayudarles a completar años de cotización de cara a la jubilación. Sin embargo, el alcance real de la medida tiene matices importantes que conviene conocer.
La posibilidad de recuperar estas cotizaciones quedó regulada en la Orden ISM/386/2024, publicada en el BOE, y afecta a personas que realizaron prácticas no remuneradas antes del 1 de enero de 2024 o prácticas remuneradas anteriores al 1 de noviembre de 2011, cuando buena parte de estos programas todavía no cotizaban a la Seguridad Social.
El objetivo de la norma fue corregir una situación que durante años afectó a miles de estudiantes y becarios en España. Desde enero de 2024, las prácticas formativas, incluso muchas no remuneradas, ya cotizan obligatoriamente a la Seguridad Social, pero el Gobierno abrió además la puerta a recuperar periodos anteriores mediante este convenio especial.
Qué permite realmente este convenio especial
La Seguridad Social no ‘regala’ cinco años de cotización. Lo que permite la normativa es computar como cotizados determinados periodos de prácticas realizados en el pasado, siempre que el interesado lo solicite y abone las cuotas correspondientes.
El máximo reconocible es de 1.825 días, equivalentes a cinco años, aunque solo se podrán recuperar los periodos efectivamente acreditados mediante certificados de universidades, centros educativos u organismos formativos.
Además, estas cotizaciones sirven principalmente para mejorar la carrera de cotización de cara a la jubilación o determinadas prestaciones contributivas, pero no generan derecho a cobrar el paro.
La cuota a pagar depende de varios factores fijados por la Tesorería General de la Seguridad Social y puede abonarse de una sola vez o fraccionarse en mensualidades.
Quién puede solicitarlo y hasta cuándo
Entre los potenciales beneficiarios se encuentran antiguos estudiantes universitarios, alumnos de Formación Profesional, doctorandos, investigadores y personas que participaron en programas de formación vinculados a estudios oficiales.
El plazo para solicitar este convenio especial permanece abierto hasta el 31 de diciembre de 2028.
La Seguridad Social exige presentar documentación que acredite la realización de las prácticas y su duración exacta. Una vez revisada la solicitud, la administración calcula el importe que deberá abonar el interesado para incorporar esos periodos a su historial de cotización.
La medida puede resultar especialmente relevante para trabajadores que comenzaron tarde su vida laboral, tienen lagunas de cotización o están cerca de alcanzar los años mínimos exigidos para acceder a la jubilación contributiva.
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