Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Cambios en el Ingreso Mínimo Vital

Los jóvenes de entre 23 y 29 años que vivan con sus padres podrán recibir esta ayuda de 700 euros

La Seguridad Social actualiza las condiciones del Ingreso Mínimo Vital para facilitar el acceso a los mayores de 23 años sin necesidad de estar emancipados

Hacienda obliga a declarar la renta este año a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital aunque no tengan ingresos

Imagen de archivo de una joven viviendo en casa de sus padres, quien, de cumplir unos requisitos, podría cobrar la ayuda del IMV de más de 700 euros al mes

Imagen de archivo de una joven viviendo en casa de sus padres, quien, de cumplir unos requisitos, podría cobrar la ayuda del IMV de más de 700 euros al mes / DANNY CAMINAL

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
Marcos Rodríguez

Marcos Rodríguez

Madrid
Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Por su interés informativo, reproducimos esta noticia que se publicó el pasado mes de abril de 2026

Es oficial. Seguir viviendo en casa de los padres ya no es un impedimento insalvable para acceder a la red de protección del Estado. En un giro normativo de calado para este 2026, el Ministerio de la Seguridad Social ha flexibilizado los criterios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), permitiendo que un gran número de jóvenes mayores de 23 años puedan solicitar la prestación de 733,60 euros mensuales aunque no se hayan emancipado. Esta medida busca dar respuesta a la precariedad laboral que obliga a muchas personas a permanecer en el nido familiar a pesar de carecer de ingresos propios.

Hasta hace poco, y como era previsible, compartir techo con los padres suponía la denegación automática de la ayuda al considerarse que la “unidad de convivencia” ya disponía de recursos. Sin embargo, la reforma actual permite que el solicitante sea considerado una unidad económica independiente bajo supuestos específicos, rompiendo esta barrera.

Varios requisitos

Para que un joven de entre 23 y 29 años pueda recibir este pago mensual de forma individual mientras reside con sus progenitores, la Administración exige el cumplimiento de varios puntos críticos verificables a través de la Agencia Tributaria los cuales se podrían resumir en tres puntos:

  1. Independencia previa acreditada: el solicitante debe demostrar que, en algún momento anterior a la solicitud, ha vivido de forma independiente durante al menos dos años, habiendo estado de alta en la Seguridad Social.
  2. Situación de vulnerabilidad económica: los ingresos anuales del solicitante en el ejercicio anterior no pueden superar los umbrales fijados por el Ministerio. En 2026, la cuantía garantizada para un adulto solo se sitúa en los 8.803,20 euros anuales.
  3. La excepción de los Servicios Sociales: si no existe esa independencia previa, el solicitante puede presentar un certificado de exclusión social expedido por su ayuntamiento. Este documento acredita que, aunque comparta vivienda, el joven no forma parte de la unidad económica de sus padres.

Trabajar y cobrar la ayuda

Una de las grandes novedades de este año es el refuerzo del incentivo al empleo. Como sucede en el caso del subsidio para mayores de 52 años y el IMV, el beneficiario puede trabajar y cobrar la pretación simultáneamente, siempre que su salario no sobrepase ciertos límites. De este modo, la ayuda no se extingue al encontrar un empleo precario, sino que se ajusta de forma progresiva.

Es fundamental recordar que todos los beneficiarios, sin excepción, están obligados a presentar la declaración de la Renta (IRPF). Aunque no se llegue al mínimo de ingresos para tributar, este trámite es el que permite a la Seguridad Social cruzar datos y mantener activa la prestación mes a mes.

El trámite puede gestionarse íntegramente de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. No es estrictamente necesario disponer de certificado digital, ya que el sistema permite la identificación mediante fotografía del DNI y validación por correo electrónico. Una vez enviada, el organismo dispone de un plazo de seis meses para resolver, aunque el efecto económico suele ser retroactivo al primer día del mes siguiente a la presentación.

Esta actualización normativa representa un alivio significativo para el relevo generacional, permitiendo que la falta de vivienda no sea un castigo adicional para quienes buscan su primera oportunidad en el mercado de trabajo o se encuentran en una situación de transición económica.