Mercado laboral
Treball pone el foco en las empresas que usan el periodo de prueba para despedir gratis: 2 de cada 3 ceses son ilegales
Los agentes de la Inspecció encuentran irregularidades en dos de cada tres ceses revisados durante los primeros meses de relación laboral

Jóvenes trabajando en las oficinas de una ’start-up’ de Barcelona / Ricard Cugat

“Lamentamos comunicarle la rescisión de su contrato al no haber superado satisfactoriamente el periodo de prueba pactado”. Este es el mensaje que miles de trabajadores reciben cada mes cuando la empresa a la que acaban de incorporarse les comunica su cese. En muchos casos, las compañías que emiten ese mensaje ya tenían previsto que les iban a despedir antes incluso de contratarles y se valen del periodo de prueba para prescindir de ellos, tras unos meses de trabajo, sin coste.
Las bajas durante el periodo de prueba se han duplicado desde la entrada en vigor de la reforma laboral de 2021. Dicha norma restringió el uso de los contratos temporales, si bien algunas compañías pretenden fintar esa restricción valiéndose de los periodos de prueba, que no obligan al empresario a pagar ninguna indemnización.
Es decir, emplean durante un tiempo a ese trabajador para cubrir un pico de faena y luego prescinden de él, alegando que no les ha convencido su trabajo. Y es que durante el periodo de prueba, que por ley puede durar de un mes a seis meses, dependiendo del perfil profesional, la compañía puede extinguir la relación sin ningún tipo de argumento ni justificación.
Durante el primer trimestre de 2026, más de 10.000 trabajadores fueron despedidos durante su periodo de prueba
El número de bajas durante los periodos de prueba se ha multiplicado, si bien continúan representando un porcentaje minoritario entre el total de ceses que cada mes se producen en el portal de la Seguridad Social. Durante el primer trimestre de 2026, se registraron un total de 10.834 rescisiones durante los primeros meses de relación laboral, alrededor del 4,3% del total de bajas.
Nueva prioridad inspectora
Su número va al alza, perjudica especialmente a los más jóvenes y el volumen de fraude que encuentra la Inspección de Trabajo cuando investiga es elevado. En Catalunya, dos de cada tres actuaciones llevadas a cabo durante el pasado ejercicio acabaron en infracción. Hasta ahora este no ha sido un eje prioritario de las campañas de supervisión de la autoridad laboral, pero cada vez adquiere mayor protagonismo.
La Inspecció de Treball detecta fraude en dos de cada tres despidos durante el periodo de prueba que revisa
Durante 2025, en Catalunya la Inspecció de Treball realizó 155 actuaciones al respecto, detectando un total de 103 infracciones e imponiendo multas por valor total de 160.791 euros. "Repetiremos el año que viene, el volumen de infracciones detectado es muy alto", explicó la directora general de Inspecció de Treball, Laura Freixas, esta semana durante la presentación del balance inspector de 2025.
Sanciones poco disuasorias
También a nivel estatal tienen puesto el foco en este creciente fraude. Según datos facilitados por el Ministerio de Trabajo, desde enero de 2025 hasta mediados de mayo, los efectivos de la 'policía laboral' finalizaron 504 expedientes sobre incumplimientos durante el período de prueba, en los que se detectaron infracciones en un total de 373 casos. Lo que derivó en 638.037 euros en sanciones.
Las actuaciones de Inspección a este respecto generan más protección para el empleado que disuasión para el empleador, en tanto que el coste de infringir la ley es moderado. Según los datos facilitados por Trabajo, el coste medio por infracción ronda los 1.700 euros.
Pocas denuncias
Las sanciones son poco disuasorias y la capacidad de los sindicatos para intervenir, limitada. "En las empresas donde hay representación sindical esto no pasa, porque la dirección tiene la obligación de entregar cada nuevo contrato al comité y se controla. Pero en este país hay mucha pyme y micropyme... La gente no suele denunciarlo, porque acostumbra a ser gente joven, con poca experiencia en el mercado laboral y poco sindicalizada", explica el secretario de política sindical de UGT de Catalunya, Óscar Riu.
La capacidad de los denunciantes en caso de presuntas vulneraciones también es limitada. "A menos que haya una vulneración muy flagrante de un derecho fundamental es complicado demostrar que la empresa, en ese caso concreto, ha querido aprovechar el periodo de prueba para despedir a esa persona", explica el director del gabinete jurídico de CCOO de Catalunya, Jonathan Gallego.
El Consejo General del Poder Judicial recoge alguno de esos casos flagrantes. Por ejemplo, en Murcia un empleado del Burger King recibió 9.000 euros de indemnización, en concepto de daños morales, tras ser cesado durante su periodo de prueba. Dicho empleado pillo el covid y el mismo dia que se lo comunicó a la compañía, esta le notificó que no había pasado el periodo de prueba. La justicia obligó a Burger King a readmitirlo.
En dicho caso, la causalidad entre enfermedad y despido es clara y ahí puede reclamarse la nulidad, pero por otros motivos más sibilinos, un abogado difícilmente puede probar que había una intencionalidad. La Inspección suele tirar de los datos de Seguridad Social y traza patrones de empresas en las que, de manera reiterada, se despide a trabajadores justo antes de finalizar su periodo de prueba.
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