Función Pública
Los interinos pueden pedir indemnizaciones extra de más de 10.000 euros: quiénes pueden hacerlo y requisitos
El Supremo cierra la puerta a conceder plaza a los eventuales en abuso si no han superado una oposición

Miles de interinos se manifiestan para reclamar su estabilización, en una imagen de archivo. / EFE

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que abre la puerta a parte de los interinos en fraude a reclamar una plaza fija en la Administración, así como a un grupo más numeroso a exigir indemnizaciones monetarias por los años que se han pasado en el sector público encadenando contratos temporales.
Los magistrados españoles han reaccionado al reciente fallo del TJUE, mediante el que los jueces europeos censuraron a España por carecer de un sistema legal que proteja a los interinos y evite que se paasen años o décadas en la Administración sin plaza.
La sentencia del Supremo se pronuncia en tres sentidos. Primero, habla de la posibilidad de hacer fijos a los interinos en fraude, un debate que lleva años instalado en los tribunales. Segundo, se pronuncia sobre el sistema indemnizatorio que rige en España para aquellos empleados temporales que son cesados tras desempeñar sus servicios. Y, tercero, señala a la Administración y, sobre todo, a sus directivos.
El fallo del Supremo señala directamente a un colectivo que puede invocar su criterio para reclamar una plaza fija: el personal laboral. "No aplica a funcionarios", explica Loli Rubio, abogada y miembro de la sección de derecho laboral del ICAB.
Luego esas personas deben cumplir tres requisitos. Primero, deben presentarse a una oposición y aprobarla. Segundo, deben quedarse sin plaza, pese al aprobado, y que sean otros los que con mejor nota se lleven la plaza. Tercero, el opositor entra en una bolsa de interinos y va cubriendo plazas durante años, pudiendo acreditar que de tantos contratos encadenados está en fraude. "Es una doctrina que el Supremo ya tenía a raíz de un caso antiguo de Aena", explica Nacho Parra, abogado del Col·lectiu Ronda.
Aquí el orden de los factores sí altera el producto y deben seguir esa secuencia. No aplica, según distintos abogados especializados consultados, si primero se entra como interino y luego se presenta uno a una oposición. Por lo que afectará, en este sentido, a un numero "muy reducido" de personas, según coinciden ambos letrados.
El Supremo es claro y establece un círculo concreto para poder compensar el abuso de temporalidad con una plaza fija. "La conversión de la relación laboral temporal en fija solo se produce cuando el trabajador que sufre el abuso en la temporalidad había superado un proceso selectivo para personal fijo sin obtener plaza. La razón es porque en dicho caso sí que se cumplen los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público", reza la sentencia.
Es decir, si primero se es interino y luego opositor, no se puede reclamar plaza fija. Por lo que afectará, en este sentido, a un numero "muy reducido" de personas, según coinciden los letrados. No obstante, un tercer abogado especialista en la materia señala que entre los ayuntamientos esta fórmula de contratación, con bolsas temporales pensadas específicamente para aquellos que superan una oposición pero no se llevan plaza, es más común. No así en los servicios autonómicos o estatales.
La conclusión del Supremo que ha pasado más desapercibida en una primera lectura es relativo a las indemnizaciones, una cuestión que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) apenas ha aborado en el comunicado avanzado este martes. Y es que los magistrados del alto tribunal reconocen que España no cumple con la normativa europea en esta cuestión y consideran que los eventuales en abuso de temporalidad tienen derecho a una doble escala indemnizatoria.
Actualmente ya existe una compensación de 20 días por año trabajado, con tope de 12 mensualidades, que cobran todos los interinos cuando son cesados de su cargo. No obstante, y en la misma línea que los jueces europeos, el Supremo considera que esto es insuficiente y debe añadir una compensación adicional por por "abuso de temporalidad".
¿De cuánto dinero debe ser esta? Ahí el Supremo tira de la LISOS, la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, y apuesta por equiprar la minuta con lo que debería pagar una empresa privada si cometiera una infracción grave. Es decir, una horquilla de entre 1.000 y 10.000 euros.
"Nos lleva a una avalancha de litigios seguro, porque solo cobrará quien demande, ya que la Administración nunca reconocerá que ha cometido un abuso. Yo creo que las indemnizaciones oscilarán entre 7.501 euros y 10.000 euros", aventura Parra.
No obstante, los magistrados del Supremo abren la puerta a reclamar una cuantía alternativa a ese baremo. "Cuando el trabajador acredite que, como consecuencia del abuso en la temporalidad, ha sufrido unos daños superiores, se deberán indemnizar en su integridad. La condena al pago de una indemnización superior a la indemnización presuntiva mínima exige que el trabajador acredite el concreto perjuicio sufrido. Le incumbe la carga de la prueba", reza la sentencia.
"Habrá muchas demandas, porque la gente tratará de reclamar más que los 10.000 euros de la LISOS, si bien será complicado acreditar esos daños superiores", apunta Rubio.
Las reacciones a la sentencia del Supremo han sido diversas. El Gobierno ha aceptado introducir algún cambio dentro de proyectos de ley que están actualmente bloqueados en el Congreso, si bien ha considerado que el fallo de los magistrados avala en gran medida sus reformas. Los sindicatos, por su parte, aceptan que persiste ciertas bolsas de temporalidad en la Administración y aguardan movimientos por parte del Ejecutivo.
Y desde las plataformas de afectados y los abogados mediáticos que han llevado y llevan centenares de casos, el fallo ha sido recibido con cierta decepción, puesto que cierra claramente la puerta a la fijeza sin oposición.
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