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Despido improcedente

Indemnizado con más de 7.000 euros un trabajador despedido por llamar a la familia desde el teléfono de la empresa

El tribunal considera que la empresa no acreditó las faltas reiteradas que indicaba en su escrito, entre las que destacan ofensas verbales, transgresión de la buena fe y abuso de confianza

Una ayudante de cocina es despedida por faltar varios días al trabajo: el Tribunal Superior de Justicia le da la razón y deberán indemnizarla con más de 8.000 euros

monestan y despiden en el mismo día a un trabajador por llamar a la familia desde el teléfono de la empresa.

monestan y despiden en el mismo día a un trabajador por llamar a la familia desde el teléfono de la empresa. / INFORMACIÓN

O. Casado

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En menos de 24 horas un trabajador recibió dos cartas: una con una amonestación y otra con el despido. Ahora la justicia ha declarado que su despido fue improcedente y la empresa deberá readmitirlo o pagarle un indemnización cercana a los 7.300 euros.

En una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM), a la que ha tenido acceso EFE, se declaró probado que el trabajador fue amonestado por utilizar el teléfono de la empresa para hacer llamadas a sus familiares, pero el mismo día se le entregaba otra carta con el cese de la relación laboral por faltas reiteradas.

Sin probar las infracciones

El tribunal, que condena a la recurrente a pagar 800 euros en concepto de costas, dice que esta no ha acreditado la existencia de esas infracciones, ya que en la misiva se limita a realizar imputaciones genéricas.

La sentencia afirma que en la carta se hace referencia a la acumulación de ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan con él, la transgresión de la buena fe y el abuso de confianza, pero no se indican hechos concretos ni cuándo sucedieron. Por tanto, no se consideran probados.

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