Coste de los carburantes
La OCU avisa sobre los recargos en vuelos por el combustible: cuándo puedes cancelar y recuperar tu dinero
La normativa de protección de los consumidores garantiza la transparencia y la posibilidad real de comparar precios entre compañías
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La inflación suma un repunte de 1,1 puntos, hasta el 3,4%, por los precios disparados de los carburantes

Un billete de avión junto a un mapa y un avión de juguete. / MARTA JORDI / Delegaciones

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que la aplicación de recargos en los billetes de avión por el incremento del coste de los combustibles con motivo de la guerra en Oriente Próximo debe ajustarse a la normativa de protección de los consumidores, garantizando "la transparencia, la información previa y la posibilidad real de comparar precios entre compañías".
En el caso concreto de Volotea, de la que OCU está recibiendo consultas por anunciar recargos de hasta 14 euros por este motivo, la organización considera que respeta los principios de transparencia e información previa, al menos en los billetes contratados desde el 16 de marzo.
El principio de "precio final"
En este sentido, OCU recuerda que la legislación de consumo establece también el principio de "precio final", según el cual el importe total a pagar debe mostrarse de forma transparente y completa antes de finalizar la contratación, incluyendo todos los conceptos previsibles.
Por tanto, cuando el viajero solo conoce un precio base y no puede anticipar con certeza el importe definitivo, "se dificulta la comparación efectiva entre ofertas y se limita su capacidad de elección informada".
Derecho a cancelar y solicitar un reembolso
Por ello, OCU señala que si en las condiciones de contratación se anunció un posible recargo pero se desconoce su importe final, su aplicación deberá ir necesariamente vinculada a una notificación con una antelación mínima de siete días, un plazo que Volotea está cumpliendo.
Si la comunicación no se produce en plazo, el viajero tiene derecho a cancelar el contrato y solicitar el reembolso íntegro sin penalización.
Por otro lado, advierte de que los derechos del pasajero son diferentes cuando el billete forma parte de un viaje combinado, es decir, cuando se contrata junto con otros servicios como alojamiento o transporte adicional. En estos casos, se podría modificar el precio por el incremento del precio de combustible avisando con al menos 20 días naturales de antelación al inicio del viaje. Aunque si el sobrecoste excede el 8% del precio total, el viajero tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización.
Fuentes
- Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica (BOE)
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE)
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