Ley de Propiedad Horizontal
Confirmado por la Ley de Propiedad Horizontal: que tu inquilino celebre fiestas en casa puede hacerte perder el uso de la vivienda
El casero debe solicitar por escrito el cese de las actividades molestas de sus inquilinos y, en caso de continuar, podrá anular el contrato o recurrir a la vía judicial
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La comunidad de vecinos puede iniciar una demanda de acción de cesación si las actividades molestas del inquilino alteran la convivencia y el propietario no toma medidas / Diego Radamés - Europa Press

La Ley de Propiedad Horizontal recuerda a los propietarios de pisos alquilados la responsabilidad sobre las prácticas que sus inquilinos llevan a cabo en la vivienda. De esta forma, el casero se convierte en responsable subsidiario de las molestias que pueda causar su inquilino, llegando a perder el uso de la vivienda si no actúa.
Una vez que la comunidad de vecinos presenta la queja, el arrendador no puede evadir responsabilidades. Básicamente, si el inquilino celebra fiestas de forma continuada, llegando a alterar la convivencia en el edificio, entonces su casero tiene la obligación de actuar.
El casero debe actuar para evitar posibles sanciones
En este caso, la normativa protege al conjunto de los vecinos, por lo que pueden exigir el cese de las fiestas a través del presidente, mediante un requerimiento previo. Además, si la actividad molesta continúa, se podrá presentar una demanda de acción de cesación, según establece el artículo 7.2 de la LPH.
Debemos tener en cuenta que el propietario no puede desvincularse de la situación. Por ello, tras la notificación, el propietario debe reclamar a su inquilino el cese de la actividad. Además, la legislación también ofrece la posibilidad de cancelar el contrato por incumplimientos graves de las normas de convivencia.
Hasta tres años sin poder usar la vivienda
Como hemos mencionado anteriormente, los vecinos pueden reclamar la Acción de Cesación, que establece la potestad del juez para prohibir al propietario usar su vivienda durante un período de hasta tres años. Mientras transcurre este plazo de tiempo, la vivienda debe permanecer cerrada.
Por otro lado, la legislación considera que el contrato de arrendamiento debe anularse, implicando además el abandono de la vivienda por parte del inquilino. Del mismo modo, el propietario podría ser condenado por los daños y perjuicios causados al resto de vecinos.
En todo caso, para evitar cualquier tipo de sanción, el propietario debe actuar de forma adecuada para eliminar la molestia causada. Por ello, debe solicitar por escrito a su inquilino el cese de la actividad y, en caso de llegar a un entendimiento, podrá finalizar el contrato o recurrir a los tribunales.
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