Campaña hasta el 30 de junio
Declaración de la Renta 2025-2026: estas son las deducciones en Catalunya
Declaración de la Renta 2025-2026: cómo solicitar el borrador, plazos y fechas clave, en directo

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Los contribuyentes pueden presentar la declaración de la renta de 2025 hasta el 30 de junio. Esta campaña llega con más deducciones orientadas a rentas bajas y jóvenes, pero sin grandes novedades, según los gestores tributarios. Se mantienen las cantidades que fijan quién debe declarar: 22.000 euros anuales en caso de tener un solo pagador y 15.876 si se tienen dos o más -y estos superan los 1.500 euros-. También deben hacerlo los trabajadores que cobran el salario mínimo (1.184 euros brutos en 14 pagas en 2025), aunque, si no tienen rentas, pueden acceder a una deducción que garantiza que no tendrán que pagar. En el tramo autonómico, en Catalunya existen hasta 13 deducciones.
La declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) podrá presentarse por internet, a partir del 6 de mayo se abrirá la atención telefónica, y desde el 1 de junio se habilitará la atención presencial en las oficinas. En la web de Hacienda está disponible el simulador, que permite saber si la declaración saldrá a pagar o a devolver. En caso de que salga a ingresar, puede solicitarse el pago fraccionado en dos plazos sin intereses (el 60% cuando se presenta la declaración y el 40% restante en octubre).
Los gestores aseguran que este año la campaña es "continuista en general" respecto al año pasado y recomiendan "no correr, revisarlo todo bien" y, si hay dudas, preguntar. Así lo remarca la economista y gestora del Col·legi Oficial de Gestors Administratius de Catalunya, Carme Elena, en una entrevista con la ACN, en la que recomienda estar "alerta" sobre todo de las subvenciones de los vehículos eléctricos, algunas deducciones que se pueden aplicar en Catalunya y los pagos por Bizum y neobancos.
¿Quién debe presentar la declaración de la renta?
Están obligados a declarar a todos los contribuyentes que hayan recibido ingresos anuales superiores a 22.000 euros de un único pagador o ingresos que superen los 15.876 euros si se tienen dos o más pagadores. En este segundo caso, será obligado declarar si la suma del segundo y posteriores pagadores supera los 1.500 euros.
También deben presentar la declaración los autónomos, independientemente de la cifra de ingresos (o si han tenido pérdidas), y los beneficiarios del ingreso mínimo vital. En cambio, a diferencia del pasado año, el Gobierno ha aclarado que no están obligados los parados -siempre que no superen los umbrales mencionados anteriormente-.
Resalta también que este año Hacienda ha aclarado que las ganancias de los 'influencers' pasan a ser considerados rendimientos de actividades económicas profesionales, independientemente de la actividad en la que se den de alta.
Deducciones vinculadas a la eficiencia energética y vehículo eléctrico
El marco estatal de deducciones se mantiene "relativamente estable". Así, continúan las deducciones vinculadas a obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas realizadas hasta 31 de diciembre de 2025, con los mismos porcentajes y límites de los ejercicios anteriores. Los gestores tributarios aseguran que es "muy importante" tener los certificados necesarios tanto antes como después de la reforma y explican que "a veces" se encuentran con que hay contribuyentes que no pueden acogerse a la deducción únicamente por cuestiones vinculadas a la documentación.
También se ha prorrogado la ayuda por la compra de vehículos eléctricos -un 15% en la compra con una deducción de hasta 3.000 euros- o la instalación de puntos de recarga -del 15% con un tope de 600 euros-. En este punto, Elena remarca que es "muy importante" estar pendiente si se ha recibido alguna subvención, porque en algunos casos las que se han cobrado en el último ejercicio, tributan. "Nos podemos encontrar la sorpresa de que un vehículo que dedujemos hace dos años ahora debe pagar porque hemos cobrado una subvención", avisa el economista.
En el tramo estatal, los gestores también mencionan el cambio en las rentas del ahorro. Así, por su tramo superior, de más de 300.000 euros de ingresos (incluidos dividendos, intereses o venta de acciones, entre otros), el tipo pasa del 28 al 30%. Se trata de una modificación que afecta a las rentas más altas.
Deducción en Catalunya para los inquilinos menores de 35 años
En cuanto a las deducciones autonómicas, en Catalunya existen hasta 13. Destaca que se han añadido para el alquiler en los casos de víctimas de violencia machista y por inversión en sociedades de cooperativas agrarias y de vivienda. En la deducción por nacimiento o adopción se ha incluido también el acogimiento familiar y la deducción por viudedad se ha actualizado.
Los gestores tributarios señalan entre las más relevantes en Catalunya la deducción para los inquilinos menores de 35 años. Así, en caso de ser la vivienda habitual, pueden deducirse el 10% hasta un máximo de 500 euros anuales (1.000 euros en caso de declaración conjunta), siempre que la base imponible total sea inferior a 30.000 euros anuales. Para los jóvenes, también indican que, si tienen dos o más pagadores, pueden acogerse a una deducción que "poca gente" aplica y que está en torno a los 100 euros.
En Catalunya también resalta que respecto al ejercicio anterior se ha reducido el tipo aplicado a los primeros tramos con el objetivo de favorecer a los contribuyentes con rentas más bajas. Los gestores calcularon que supondrá una rebaja de unos 70 euros de la parte autonómica en las rentas que tienen una base de entre 20.000 y 30.000 euros.
Consejos de los gestores tributarios
A la hora de realizar la declaración, los gestores tributarios aconsejan, ante todo, revisar los datos fiscales. Una vez comprobado que son correctos, apuntan que hay que mirar que todo esté bien reflejado en el borrador y que éste también tenga las deducciones que procedan. Elena insiste en revisar sobre todo las deducciones, porque "muchas veces son desconocidas", el borrador no las calcula y los contribuyentes no acaban aplicándolas.
Elena recuerda que si una persona está obligada a presentar la declaración y no lo hace, tendrá una sanción. En cambio, si no se está obligado y la declaración sale a devolver, no existe penalización alguna. "Por tanto, la recomendación siempre es mirar qué nos sale. Nos podemos llevar la sorpresa de que no la presentamos y sale a devolver", señala.
Los gestores también recuerdan a elementos que en otras campañas habían generado "controversia". Así, indican que es necesario declarar los pagos por Bizum en función de la naturaleza del ingreso (básicamente, si tienen ganancias) y el uso de cuentas en entidades financieras digitales (los neobancos), que si dan rendimientos, aunque estén en el extranjero, deben declararse.
También mencionan las plataformas de ventas de segunda mano, como Vinted o Wallapop, donde se mantiene que hay que declarar si se realizan más de 30 operaciones, se ingresan más de 2.000 euros o se tienen ganancias