Derechos laborales
El permiso de 5 días que tienen todos los trabajadores en 2026 y que muchos no están usando
La ley reconoce un permiso retribuido que muchos empleados aún no saben cómo utilizar correctamente
Juanma Lorente, abogado, sobre los despidos por llegar tarde: “La empresa no puede despedirte por lo mismo que te ha permitido durante 2 años”

Archivo - Trabajadores, trabajador, trabajo, Seguridad Social, Oficina de empleo, funcionario, funcionarios, empleo, empleos, oficinas, empresa, empresas / EUROPA PRESS - Archivo

La campaña de la Renta, las vacaciones o las bajas médicas suelen ocupar buena parte de las dudas laborales de los trabajadores, pero no son los únicos derechos que conviene tener claros. En el día a día hay permisos retribuidos que siguen siendo grandes desconocidos, incluso aunque estén reconocidos expresamente en la ley. Muchas personas no saben que existen, otras creen que solo se aplican en casos muy concretos y no faltan quienes renuncian a pedirlos por miedo a una negativa de la empresa o por simple desinformación. Y eso hace que, en momentos especialmente delicados, muchos trabajadores acaben perdiendo un derecho que ya tienen reconocido.
La confusión es todavía mayor cuando la necesidad aparece de forma imprevista. Una hospitalización urgente, una operación sin ingreso o una enfermedad grave de un familiar suelen llegar en situaciones de estrés, cuando lo último que apetece es ponerse a discutir con recursos humanos o a revisar el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, conocer de antemano qué dice la norma puede marcar una gran diferencia.
Hospitalización de un familiar
Ese derecho concreto aparece en el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores y sigue plenamente vigente en 2026. La ley reconoce cinco días de permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, la pareja de hecho o familiares de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho. Además, la reforma de 2023 amplió el derecho a cualquier otra persona que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y necesite su cuidado efectivo.
5 días
Una de las dudas más repetidas tiene que ver con cómo se cuentan esos cinco días. El Tribunal Supremo ratificó en 2025 que los permisos retribuidos se disfrutan en días laborables, porque solo tienen sentido si permiten ausentarse del trabajo, y en febrero de 2026 confirmó además que este permiso de cinco días puede disfrutarse de manera flexible y no en días naturales con inicio obligatorio desde el hecho causante.
Siempre que lo necesites
El artículo 37.3.b) no fija ningún límite anual expreso, sino que vincula el derecho a cada hecho causante: una hospitalización, una enfermedad grave, un accidente grave o una intervención quirúrgica con reposo domiciliario. Por eso, si un trabajador necesita pedirlo en febrero por la hospitalización de un hijo y vuelve a necesitarlo en noviembre por otra situación distinta que afecte a otro familiar o conviviente, la ley no impide solicitarlo de nuevo.
Muchas empresas siguen actuando como si este permiso solo existiera para padres, madres, hijos o hermanos, pero la redacción actual del Estatuto es más amplia. Incluye al cónyuge, a la pareja de hecho, a familiares hasta segundo grado y también a otras personas convivientes del mismo domicilio. Además, el Tribunal Supremo declaró nula en 2025 la práctica empresarial de exigir, cuando el sujeto causante era un familiar, requisitos adicionales como acreditar convivencia con ese familiar o demostrar la condición de cuidador efectivo más allá de justificar el hecho causante y el parentesco.
En la práctica, este permiso puede resultar decisivo y, aun así, sigue siendo uno de los más desaprovechados del mercado laboral. Si la empresa intenta negarlo o reducirlo, conviene pedir siempre la respuesta por escrito y conservar la documentación médica o justificativa.
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