Tributos
Una declaración de la renta cada vez más compleja
La campaña del IRPF correspondiente al ejercicio de 2025, que comienza el 8 de abril y se prolonga hasta el 30 de junio o hasta el 25 de junio si se domicilia el primer pago, llega con varios cambios que conviene conocer

Logotipo de la Agencia Tributaria. / EP

En unos días, concretamente el próximo miércoles 8 de abril, arrancará una nueva campaña de declaración de la renta, correspondiente al ejercicio de 2025. Esta se prolongará hasta el 30 de junio o hasta el 25 de junio si se domicilia el primer pago, en un entorno cada vez más complejo y donde la presión fiscal sobre los salarios, las rentas profesionales, los alquileres y los intereses sigue creciendo. El IRPF de un salario medio en España para un contribuyente sin hijos ha subido 1,6 puntos frente al alza de 0,4 puntos de la media de los países de la OCDE entre 2020 y 2024. Si el salario aumenta hasta el 67% por encima de la media y se sitúa en el tramo superior a 60.000 euros anuales, la presión fiscal se incrementa 1,8 puntos en el mismo periodo en España y 0,4 puntos en la media de la OCDE.
Por ello, cada año que pasa es más importante si cabe revisar bien el borrador de la declaración de la renta que proporciona la propia Agencia Tributaria. Es fundamental comprobar todas las posibilidades de deducciones y/o reducciones para optimizar el pago de los impuestos, haciéndolo lo más justo y equitativo posible, porque eso significará que se determina sobre la capacidad real de pago que presenta cada contribuyente.
Tributación del SMI
En la campaña de la renta que está a punto de comenzar, se observan varias novedades en todo el territorio de régimen común (por tanto, excluyendo País Vasco y Navarra). Sin olvidar que sobre el 50% del IRPF las comunidades autónomas tienen capacidad normativa, en estas páginas destacamos las actualizaciones a nivel estatal.
La primera y más importante cuantitativamente es la deducción sobre la cuota líquida total del impuesto, cuya finalidad es suprimir el gravamen efectivo para los contribuyentes perceptores del nuevo salario mínimo interprofesional (SMI), fijado en 16.576 euros anuales para 2025, y reducir la carga fiscal para aquellos contribuyentes cuyos ingresos del trabajo se sitúen por debajo de 18.276 euros anuales.
Según la última estadística del IRPF correspondiente a 2023, el número de declarantes que tienen un rendimiento neto reducido (la suma de sus rentas del trabajo menos algunas deducciones como las cuotas a la Seguridad Social y los gastos deducibles, entre otros) hasta 21.000 euros es concretamente de 9.341.121, lo que supone el 47,45% del total de los que perciben rendimientos del trabajo.
Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se incorporó mediante disposición adicional sexagésima primera a la ley 35/2006 esta deducción, la cual requiere para su aplicación los siguientes requisitos de forma acumulativa: a) que los rendimientos íntegros del trabajo, derivados de una relación laboral o estatutaria efectiva, sean inferiores a 18.276 euros, y b) que el contribuyente no obtenga otras rentas, excluidas las exentas, por importe superior a 6.500 euros.
Actualmente, gracias a las deducciones y reducciones existentes, el porcentaje de contribuyentes que pagan impuestos por debajo de los 21.000 euros ha pasado del 47,45% inicial al 34,86%. Al incorporar la deducción sobre cuota líquida (impuesto a pagar) para mitigar el SMI, este porcentaje experimentará una bajada drástica.
Rescate de aportaciones
La segunda novedad por orden de importancia es la disponibilidad anticipada de lo ahorrado en un plan de pensiones. El 1 de enero de 2025 entró en vigor la posibilidad de rescatar de forma anticipada los derechos consolidados siempre que las aportaciones correspondientes cuenten con una antigüedad mínima de 10 años.
Esta medida supone una ampliación significativa de la liquidez de los instrumentos de ahorro a largo plazo, si bien hay que tener en cuenta que el importe rescatado tributa como rendimiento del trabajo en el ejercicio de su percepción. ¿Qué significa esto en la práctica? Básicamente que es imprescindible analizar el impacto fiscal antes de ejercitar dicha opción, porque se puede dar el caso de que el contribuyente salte de tramo hacia arriba y entonces el coste fiscal se dispare y no convenga.
Hay aproximadamente 2,57 millones de contribuyentes que ahorran en planes de pensiones, según datos de 2023 proporcionados por la Agencia Tributaria, con el grueso de las aportaciones en las rentas entre 30.000 y 60.000 euros de base liquidable.
Cuotas de autónomos
En tercer lugar, en el capítulo de los rendimientos profesionales y laborales, aparece, primero, una nueva reducción aplicable a los rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional, con efectos desde el 1 de enero de 2025, tanto en el apartado de rendimientos de trabajo como en el de rendimientos de actividades económicas en régimen de estimación directa.
Y segundo, se declaran exentas del IRPF las ayudas concedidas por daños personales a los afectados por los incendios forestales y otras emergencias de protección civil acaecidos entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025, al amparo del acuerdo alcanzado en la reunión del Consejo de Ministros de 26 de agosto de 2025. La exención opera con efectos desde el 26 de agosto de 2025 y resulta de aplicación automática para los perceptores de dichas ayudas.
Un elemento muy importante es que en esta declaración se incorpora la primera regularización que se hizo de la cotización de las cuotas al Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia, es decir, trabajadores autónomos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 308 del real decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que era correspondiente a 2024. Aunque el dato está incorporado en los datos fiscales y en el borrador, los autónomos deben prestar atención a si está correctamente integrada la liquidación hecha con la Seguridad Social o no.
Y, finalmente, en el caso de los rendimientos profesionales agrícolas, para 2025 se eliminan las siguientes reducciones: el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes.
Ahorro de rentas altas
En cuanto al tipo aplicable a las rentas del ahorro (base liquidable) a partir de 300.000 euros, sube del 28% al 30%. Sabemos que hay unos 150.000 contribuyentes (1,57%) que declaran en esta partida más de 150.000 euros, pero dependerá de las circunstancias de cada uno.
Además, se amplía en un ejercicio adicional el ámbito temporal de las deducciones por obras de mejora de las viviendas para una mayor eficiencia energética. Concretamente, hasta el 31 de diciembre de 2026 para actuaciones en viviendas habituales y hasta el 31 de diciembre de 2027 para edificios de uso predominantemente residencial. Los porcentajes de deducción y los límites de base no experimentan modificación.
Por otro lado, en el marco del programa MOVES III, aprobado mediante real decreto ley 3/2025, de 1 de abril, se mantiene la vigencia de las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible nuevos, y por instalación de puntos de recarga, con efectos hasta el 31 de diciembre de 2025. En un momento de encarecimiento de los precios de los combustibles fósiles, a raíz sobre todo de la guerra de Irán, y teniendo en cuenta las medidas aprobadas en el real decreto ley 7/2026, los programas de ayudas fiscales para la electrificación continuarán a la búsqueda de más beneficiarios.
Otros aspectos de interés
Además de algunas modificaciones en la tributación de las prestaciones por desempleo o las pensiones de manutención de hijos de padres separados, una deducción que continúa vigente es la ligada a tener la residencia en la isla de La Palma, equiparada a la prevista para las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, en el marco de las medidas de recuperación económica y social puestas en marcha a raíz de las erupciones volcánicas de 2021.
Finalmente, la ausencia de nuevos Presupuestos Generales del Estado deja en los mismos umbrales el IPREM (el indicador público de rentas de efectos múltiples) en 8.400 euros, el interés legal del dinero continúa en el 3,25% y los importes de los mínimos personales y familiares y las deducciones se quedan exactamente en la misma cuantía.
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