Incapacidad permanente laboral
Una camarera pierde la pensión por incapacidad tras una mejoría "real y constatada" de su cáncer de mama: la trabajadora recurre pero la Justicia confirma la sentencia
La defensa de la trabajadora argumentó que las secuelas no permitían su reincorporación laboral, pero el tribunal consideró que su estado actual mostraba una mejoría evidente
La Justicia reconoce la incapacidad permanente total a un trabajador y podrá recibir 1.656 euros mensuales

La Seguridad Social realizó una revisión de su caso clínico, anulando la prestación al considerar que no exisitía un grado de incapacidad / ARCHIVO

Una trabajadora ha perdido su derecho a recibir una pensión de incapacidad permanente absoluta después de que el Tribunal Médico confirmara una mejoría "real y constatada" de su diagnóstico. La mujer, camarera de profesión, había sido diagnosticada unos años antes de cáncer ductal infiltrante de mama derecha con metástasis axilar.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma que, aunque en el año 2019 se reconoció a la trabajadora su incapacitación durante la fase activa del proceso oncológico, su situación médica habría mejorado y ya no justificaría mantener ese grado de incapacidad.
Las autoridades confirman una mejoría en el diagnóstico
Según la sentencia, esta camarera había sido intervenida quirúrgicamente en 2018, recibiendo también quimioterapia, radioterapia y tratamiento hormonal prolongado. Más tarde, después de su alta médica, consiguió una incapacidad permanente absoluta.
Sin embargo, unos años después, la Seguridad Social abrió un expediente de revisión y confirmó que se había producido una mejoría, anulando por completo la prestación al considerar que no existía ningún tipo de incapacidad. En respuesta a ello, la trabajadora presentó una reclamación previa, que sería desestimada, por lo que acudió a los tribunales con la intención de solicitar, como mínimo, la incapacidad permanente total.
Una valoración entre la situación clínica actual y en 2019
En el recurso de suplicación, la defensa de la trabajadora señaló que sus secuelas no suponían una recuperación funcional suficiente como para poder reincorporarse al puesto de trabajo. En este caso, el tribunal recuerda que la incapacidad permanente total es la que inhabilita al trabajador para poder realizar todas las tareas de su profesión habitual o, por lo menos, las fundamentales, siempre y cuando se pueda dedicar a otra profesión distinta.
El punto clave en este caso sería determinar la existencia de una mejoría real con relevancia en su actividad laboral. Con todo ello, el tribunal concluye que la valoración comparativa entre la situación clínica de 2019 y la actual muestra una mejora evidente. Básicamente, se encontraron una enfermedad "sin signos de recidiva, con conservación funcional relevante y sin limitaciones objetivas de entidad incapacitante acreditadas".
La sentencia contra la trabajadora es firme
En definitiva, la sentencia establece que las limitaciones presentadas no impedirían el desarrollo de las tareas básicas de camarera, ya que esta profesión "no requiere esfuerzos incompatibles con el estado funcional descrito en los hechos probados".
Como resultado de ello, el TSJ de Castilla y León desestima el recurso de la trabajadora, confirmando la sentencia original. Además, esta decisión no supondría ningún coste adicional para la mujer, teniendo incluso la posibilidad de interponer un recurso de casación.
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