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OFENSIVA CONTRA LOS PISOS TURÍSTICOS

La Justicia rechaza levantar la sanción de 64 millones de Consumo a Airbnb

El Ministerio de Consumo identificó infracciones en 65.122 anuncios publicados por Airbnb

El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy

El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy / EFE

Gabriel Santamarina

Gabriel Santamarina

Madrid
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado la solicitud de medidas cautelares solicitadas por Airbnb para paralizar la sanción de 64 millones de euros que el Ministerio de Consumo interpuso el pasado mes de diciembre a la plataforma por infracciones en la publicación de anuncios de viviendas turísticas.

Según ha hecho público este lunes la cartera liderada por el ministro Pablo Bustinduy, tras el auto, Airbnb deberá hacer frente sí o sí a la multa de 64.055.311 euros, cantidad equivalente a seis veces el beneficio ilícito obtenido por Airbnb como consecuencia de las prácticas sancionadas. La plataforma online recurrió esta al TSJM, que suspendió temporalmente la obligación de hacer frente al pago de la multa. Ahora, el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechaza su solicitud, pero la compañía norteamericana puede presentar un recurso de reposición ante la misma instancia judicial.

En un comunicado, Airbnb ha respondido al Ministerio de Consumo señalando que la decisión del TSJM "es puramente procedimental y no entra sobre el fondo del caso, que sigue su curso". "Airbnb ha cumplido en todo momento con la normativa aplicable en España. Airbnb considera que esta sanción es contraria al marco legal español y europeo y la ha recurrido. Desde la entrada en vigor de la nueva normativa sobre los alquileres de corta duración el 1 de julio, Airbnb ha colaborado con las autoridades competentes en su implementación", añaden.

Adicionalmente, además de este proceso abierto contra Airbnb, Consumo tiene abiertos varios expedientes sancionadores contra "grandes gestoras de pisos turísticos por posibles prácticas engañosas", en una investigación que arrancó en diciembre de 2024. Según explicaron entonces, la Dirección General de Consumo requirió información a diversas empresas que operan en todo el territorio nacional comercializando alojamientos turísticos en régimen de alquiler, que estas empresas estarían ocasionando "lesiones o riesgos para los intereses de consumidores y usuarios de forma generalizada".

¿Por qué Consumo sanciona a Airbnb?

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 identificó infracciones en un total de 65.122 anuncios publicados por Airbnb, que fueron retirados de la plataforma en julio de 2025. A pesar de esto, la cartera en manos de Sumar sancionó a la multinacional estadounidense, primero, por "prácticas comerciales desleales con personas consumidoras y usuarias".

La principal acusación de Consumo es que Airbnb permite "publicar anuncios de alojamientos turísticos sin licencia", "indicando un número de licencia o registro que no se corresponde con la numeración utilizada por los registros" o "sin información veraz sobre la naturaleza jurídica de los anfitriones", hechos que contravienen "la mayoría de las normativas autonómicas" e incurren en "publicidad engañosa", según explican.

Tres sanciones más

Adicionalmente, el ministerio liderado por Pablo Bustinduy considera que existe un "incumplimiento del régimen u obligaciones de los contratos celebrados a distancia" por "omitir información sobre la naturaleza jurídica del anfitrión del alojamiento de uso turísticos que se publicita en esta plataforma", una infracción leve sancionada con 10.000 euros; "obstrucción o negativa a suministrar datos o a facilitar las funciones de información, vigilancia o inspección", después de que la plataforma "no ofreció respuesta a los requerimientos del Ministerio durante la instrucción de este expediente", hechos sancionados también con 10.000 euros.

Por último, Consumo entiende que Airbnb ha incumplido "los deberes y prohibiciones impuestos mediante órdenes o medidas provisionales dictadas por el órgano instructor con el fin de evitar la producción o continuación de riesgos o lesiones para los consumidores y usuarios durante la tramitación del expediente", una infracción que considera grave y sanciona con 55.000 euros.

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