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Complementos de jubilación

El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los padres a recibir el complemento por hijos en su pensión

Aquellos hombres que vieron denegado el complemento por maternidad entre 2016 y 2021 podrán revisar su caso, con la posibilidad de recuperar el dinero y los atrasos correspondientes

Un jubilado deberá devolver 6.829,80 euros tras recibir el complemento por mínimos superando el límite de ingresos

El Tribunal Supreo considera discriminatorio no permitir al padre recibir el mismo complemento de pensión por hijos que la madre

El Tribunal Supreo considera discriminatorio no permitir al padre recibir el mismo complemento de pensión por hijos que la madre / Juan Carlos Castro - ARCHIVO

Alejandro Navarro

Alejandro Navarro

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El Tribunal Supremo ha confirmado que rechazar el complemento por hijos en la pensión de jubilación, cuando ya lo recibe la madre, se considera discriminación por razón de sexo. El motivo de esta sentencia se debe al caso de un pensionista de Clases Pasivas, al que no se le había permitido recibir el complemento por brecha de género, más conocido como complemento por 'maternidad', aunque cumplía los requisitos.

Dos normativas diferentes para el mismo complemento

Según establece la sentencia STS 933/2026, el pensionista, padres de tres hijos, tenía reconocida una prestación por jubilación desde el 1 de julio de 2017 y cumplía todos los requisitos exigidos. Sin embargo, su solicitud había sido rechazada, y no consiguió cobrar el complemento (junto a los atrasos) hasta que llevó su caso al Tribunal Supremo.

Ahora bien, debemos tener en cuenta las dos etapas de este complemento. La primera de ellas, correspondiente al antiguo complemento por maternidad, se puede aplicar a las pensiones comprendidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. En este caso, los dos progenitores pueden recibir el complemento a la vez si cada uno cumple los requisitos establecidos.

Por otro lado, nos encontramos con la normativa más reciente, que establece el complemento para reducir la brecha de género, con su puesta en vigor desde el 4 de febrero de 2021. En este caso, los hombres que tengan reconocida una pensión contributiva desde esta fecha pueden volver a solicitar el complemento, en caso de que se les haya denegado previamente.

La posibilidad de recibir la pensión con efectos retroactivos

Precisamente, según confirma la nueva normativa de la Seguridad Social, si la pensión del padre es anterior al 15 de mayo de 2025, entonces el reconocimiento de este complemento tendrá efectos económicos desde la misma fecha en que comenzó la pensión. En cambio, si la prestación es posterior a esta fecha, entonces se aplicará la retroactividad general prevista en la normativa. Esta modificación afectaría a todas las pensiones, incluidas las de Clases Pasivas.

Con todo ello, los beneficiarios de pensiones entre 2016 y 2021 que sufrieran una denegación del antiguo complemento tendrán la posibilidad de revisar su caso. En este caso, aquellos hombres a los que se les rechazó el complemento por brecha de género desde el año 2021 también podrán solicitar una revisión. Lo fundamental es que esta reclamación permitiría a los usuarios recuperar el complemento, e incluso cobrar los atrasos desde la fecha de inicio de su pensión.