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Remuneración

El Supremo lo resuelve: cuándo la pausa para comer debe pagarse como tiempo de trabajo

No basta con que el convenio recoja que el descanso no es remunerado para descontarlo de la jornada laboral

Este es el descanso mínimo entre jornada y jornada que deben respetar todas las empresas

Hora de descanso pagada por hora extraordinaria que se trabaje: lo dice la ley

Una persona come delante del ordenador.

Una persona come delante del ordenador. / Pexels / Karola G

Clara Dalmau Merencio

Clara Dalmau Merencio

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En ocasiones, surgen dudas en el entorno del trabajo sobre cuáles son los derechos laborales de los trabajadores.

La respuesta se suele encontrar en los convenios de empresa o el Estatuto de los Trabajadores, donde se regulan todos los derechos y deberes laborales tanto de los empleados como de los empresarios.

¿La empresa debe pagar la pausa?

Una de las cuestiones más frecuentes tiene que ver con si la empresa deba pagar, o no, la pausa para descansar o comer.

A este respecto, el Tribunal Supremo ha dictado un fallo, este pasado día 12 de febrero, que crea jurisprudencia. 

La sentencia 4159/2025 determina que la pausa para comer debe computarse como tiempo de trabajo efectivo cuando, en la práctica, el trabajador no puede desconectar y continúa disponible para atender incidencias o requerimientos del servicio.

Si el trabajador sigue localizable...

El alto Tribunal concluye que no existe un descanso real cuando, durante ese periodo, se le exige al trabajador que siga localizable, operativo o preparado para intervenir. 

La sentencia presenta una idea bien clara: no basta con que el descanso figure en el cuadrante o en el convenio como pausa para que se pueda descontar de la jornada, lo que determina la realidad de esta es la prestación del servicio

Dos personas comiendo un bocadillo.

Dos personas comiendo un bocadillo. / Ricard Cugat

Así se especifica en el punto seis del dictamen: “Si se garantiza la desconexión total de las personas trabajadoras durante la hora de interrupción de su trabajo para comer, dicho periodo de ninguna manera puede ser considerado como tiempo a disposición, sino que será tiempo de descanso. A sensu contrario, cuando la empresa no pueda garantizar la desconexión total, dicho periodo debe computarse como tiempo a disposición”. 

Situaciones en las que se aplica la sentencia

Las situaciones en las que se aplica la sentencia tienen un alcance práctico en sectores donde se exige disponibilidad permanente o que impliquen que el profesional tenga que mantener el móvil de empresa activo mientras descansa. 

También se refiere a situaciones de oficina en las que el trabajador aprovecha la pausa para continuar respondiendo mensajes, llamadas o correos electrónicos.

Desconexión total

Sin embargo, la resolución también aclara que “considera que no es tiempo de trabajo, sino de descanso, el dedicado a la comida si se garantiza la desconexión total de las personas trabajadoras”. 

Esta decisión del tribunal abre la puerta a revisar cómo se computan y remuneran las pausas en los casos que estas no son efectivas. Además, refuerzan la necesidad de que las empresas definan políticas claras de desconexión durante los tiempos de descanso.