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Mayor vigilancia fiscal

Hacienda refuerza el control sobre el dinero entre familiares: qué cambia tras el nuevo plan publicado en el BOE

La Agencia Tributaria intensifica la vigilancia de préstamos y donaciones entre particulares y aclara cómo deben justificarse para evitar sanciones

Hacienda puede multar por los regalos de boda no declarados: hasta el Bizum de tu prima o la televisión del padrino

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

Marcos Rodríguez

Marcos Rodríguez

Madrid
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Prestar dinero a un hijo, recibir ayuda para comprarse una vivienda o hacer una transferencia a un familiar son gestos habituales que ahora estarán más vigilados. El nuevo plan anual de control fiscal del Gobierno pone el foco en estas operaciones y recuerda que, si no se justifican bien, pueden tener consecuencias tributarias.

La medida forma parte del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero aprobado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este 11 de marzo. El documento fija las líneas estratégicas de inspección para este ejercicio y refuerza la supervisión sobre movimientos de dinero entre particulares que puedan encubrir donaciones no declaradas o préstamos ficticios.

Según el organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, el objetivo no es penalizar la ayuda familiar legítima, sino combatir el fraude y la simulación de operaciones para eludir impuestos.

Préstamo o donación: la diferencia que lo cambia todo

Desde el punto de vista fiscal, no es lo mismo prestar que regalar dinero. Un préstamo entre particulares es legal y no tributa como donación, incluso aunque sea sin intereses. Pero exige pruebas claras de que existe obligación de devolución: contrato firmado, calendario de pagos y trazabilidad bancaria. Además, debe liquidarse (aunque sea a tipo cero) mediante el modelo correspondiente del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el plazo establecido.

Si esos requisitos no existen o no pueden acreditarse, la Administración puede recalificar la operación como “donación encubierta”. En ese caso entra en juego el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que sí implica pago de impuestos por parte de quien recibe el dinero, con tipos y bonificaciones que dependen de cada comunidad autónoma.

Qué mirará ahora Hacienda

El plan refuerza herramientas que la Agencia Tributaria ya venía utilizando:

  • Cruce de datos bancarios para detectar transferencias recurrentes sin justificación documental.
  • Coordinación con haciendas autonómicas, competentes en donaciones.
  • Análisis de operaciones declaradas como préstamos sin devolución efectiva.

Los expertos fiscales recuerdan que la clave es la coherencia entre lo que se declara y lo que realmente ocurre. Si hay cuotas pactadas, deben pagarse; si es una donación, debe declararse como tal.

Cómo evitar problemas

Los asesores recomiendan tres medidas básicas:

  1. Formalizar por escrito cualquier préstamo, incluso entre familiares directos
  2. Utilizar siempre transferencias bancarias identificables.
  3. Presentar los modelos fiscales dentro de plazo, aunque no haya cuota a ingresar

La vigilancia aumenta, pero también la claridad normativa: ayudar a la familia sigue siendo posible, siempre que se haga con respaldo documental.