Devolución del Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social podrá exigir la devolución del Ingreso Mínimo Vital a los usuarios que presenten datos erróneos
La entidad puede exigir la devolución de prestaciones cobradas indebidamente, pidiendo responsabilidades por adjuntar datos erróneos o intentar ocultar información
El Ingreso Mínimo Vital sube un 11,4% en enero y se podrá cobrar de forma indefinida

La entidad puede exigir la devolución de prestaciones cobradas de forma indebida / ARCHIVO

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se plantea como una prestación destinada a disminuir el riesgo de pobreza y exclusión social de los ciudadanos. Los principales beneficiados suelen ser personas que viven solas o miembros de una unidad de convivencia con recursos económicos escasos. Según datos oficiales, solo en enero de 2026, cerca de 800.000 hogares se beneficiaron de esta ayuda, contando con 2.441.675 beneficiarios.
Requisitos para recibir el Ingreso Mínimo Vital
Actualmente, el IMV permite a las personas recibir ingresos extra de 546,8 euros mensuales por hogar. En muchos casos, los hogares suelen compaginar la prestación económica con el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI), otorgando 66 euros por menor, o también 119,7 euros por hogar con menores. Además, la cuantía del complemento puede variar según la edad del menor.
En todo caso, el usuario debe cumplir con los requisitos establecidos, ya que en caso contrario no podrá acceder al IMV:
- Residencia: Es necesario poseer la residencia legal y efectiva en España de forma ininterrumpida durante, al menos, un año antes de la solicitud
- Edad: El usuario debe tener entre 23 y 64 años, o por lo menos ser menor de edad con menores a su cargo. Además, se establecen excepciones para jóvenes a partir de los 18 años en casos de desamparo o violencia de género
- Vulnerabilidad económica: Los ingresos mensuales de la unidad de convivencia y el patrimonio neto no podrán superar los límites establecidos
- Unidad de convivencia: Será necesario haber constituido una unidad de convivencia durante al menos seis meses
- Situación de independencia: Para los solicitantes menores de 30 años, se exige haber vivido de forma independiente durante dos años como mínimo
Hasta cuatro años para que las autoridades revisen tu solicitud
La prestación podrá recibirse de forma permanente mientras se cumplan los condiciones. En todo caso, la Seguridad Social se encargará de analizar cada caso para evitar posibles intentos de fraude, pudiendo suspender o cancelar el cobro de la prestación económica.
De hecho, la Seguridad Social podrá revisar las decisiones relacionadas con la prestación del Ingreso Mínimo Vital, siempre que reclame esta revisión dentro del plazo establecido. En este sentido, las autoridades disponen de cuatro años como máximo desde la fecha de resolución.
A su vez, la entidad puede exigir la devolución de prestaciones que hayan sido cobradas de forma indebida. En algunos casos, también podrán pedir responsabilidades cuando se compruebe la existencia de datos inexactos o información esencial que no se haya adjuntado en la solicitud del beneficiario.
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