Divorcios
¿Tiene que declarar mi hijo en el divorcio? La abogada Laura Lobo aclara cuándo y cómo se escucha a los menores
La letrada explica que los niños tienen derecho a ser oídos por el juez y cómo se lleva a cabo este procedimiento
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Una imagen de una pareja que decide iniciar los trámites de divorcio. / Cedida
Separarse nunca es una decisión sencilla. A las dudas emocionales y económicas se suman las jurídicas: custodia, uso de la vivienda familiar, pensión de alimentos o régimen de visitas. En medio de ese escenario incierto, muchas parejas afrontan el proceso de divorcio con una sensación de vértigo ante lo que ocurrirá en el juzgado y cómo afectará todo ello a su día a día.
Las incertidumbres se multiplican cuando hay hijos menores. Más allá de las cuestiones prácticas, una de las preguntas que más inquieta a madres y padres es si sus hijos tendrán que declarar ante un juez y, en su caso, cómo será ese momento. La abogada Laura Lobo, especializada en derecho de familia, aborda esta cuestión y aclara uno de los temores más extendidos entre los progenitores que inician un proceso de separación.
Hijos y divorcio
“Una situación que preocupa mucho a los progenitores es si su hijo va a tener que declarar en el juicio de divorcio”, explica la letrada. Según detalla, la respuesta está en la propia normativa. “Pues bien, la ley dice que cuando los niños tienen 12 años o incluso menos si tienen suficiente madurez, tienen derecho a ser oídos en el procedimiento, a intervenir y a que se les escuche”. Se trata, por tanto, de un reconocimiento legal que busca garantizar la participación del menor en decisiones que afectan directamente a su vida.
Laura Lobo subraya que este punto suele generar confusión. “Esto se concibe como un derecho del menor a intervenir en los procedimientos en los cuales se van a adoptar medidas que a ellos les afecten. No es una obligación ni una imposición, es un derecho que se reconoce a los menores”, recalca. Es decir, el menor no comparece como si fuera un testigo más en un litigio entre adultos, sino como sujeto de derechos cuya opinión puede ser tenida en cuenta por el tribunal.
La intervención del juez también está regulada. “Por lo tanto el juez tiene la obligación de acordar la exploración del menor siempre que lo solicite cualquiera de las partes, o el ministerio fiscal o el propio juez lo considere necesario o conveniente”, señala la abogada.
¿Cómo declaran los menores?
Otra de las grandes preocupaciones de los padres es cómo se desarrolla ese momento. “¿Cómo declaran los menores? No se declara en un juicio como pueden hacerlo las partes o incluso testigos sino que se trata de una conversación que tienen los niños junto con el juez y el ministerio fiscal en privado”, explica Lobo. Y añade un matiz importante: “Allí no intervienen los abogados ni tampoco están los padres presentes ni ninguna otra persona”. El objetivo es preservar la intimidad del menor y evitar presiones externas.
En cuanto al desarrollo concreto de esa conversación, la abogada insiste en que no existe un guion rígido. “Dependerá de la pericia que tengan el juez y el ministerio fiscal. En realidad se trata de que sea una conversación informal donde el niño pueda manifestarse libremente sobre qué es lo que siente y lo que piensa”, apunta. La finalidad no es someter al menor a un interrogatorio, sino permitirle expresar su visión en un entorno adecuado a su edad y madurez.
Con todo, Laura Lobo considera esencial lanzar un mensaje de tranquilidad a las familias. “Es importante resaltar que la exploración del menor es un elemento más que el juez debe tener en cuenta para tomar una decisión pero en ningún caso hay que trasladar al niño que lo que él diga es lo que va a determinar el sentido del juicio o que la responsabilidad recae sobre él porque no debería ser así”, advierte. Y concluye: “No se puede tomar una decisión basándose exclusivamente en lo que quiera un menor de edad y tampoco se le puede cargar con esa responsabilidad”.
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