Alto tribunal
El Supremo avala que el consorcio húngaro acceda a la información reservada que motivó el veto a su OPA sobre Talgo
El Supremo argumenta que vetar el acceso a la información reservada a Ganz Mavag vulnera los principios de igualdad de armas y el derecho a la tutela judicial efectiva

Vista de la planta principal de Talgo en Rivabellosa (Álava). / lrico / EFE

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso interpuesto por el Estado y ha reiterado el derecho de Magyar Vagon, el consorcio húngaro al que el Gobierno prohibió comprar Talgo en 2024, a acceder a los documentos que se calificaron como 'reservados' en el expediente que motivó el veto a esa Oferta Pública de Adquisición (OPA).
Según la última sentencia, fechada el pasado 29 de enero y consultada por Europa Press, mantener ese veto al acceso de la información reservada por parte del consorcio "vulneraría los principios de igualdad de armas y de contradicción, así como el derecho a la tutela judicial efectiva".
Este último fallo responde a un recurso presentado por el Abogado del Estado contra una providencia del pasado mes de diciembre, en la que se requería al Gobierno que pusiese a disposición de las distintas partes involucradas en la OPA toda la información que motivó la decisión de vetar la operación, incluida la reservada y siempre excluyendo la elaborada por Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
El recurso pedía, en concreto, que los húngaros no pudiesen acceder a esa información, ya que uno de los motivos del Gobierno para prohibir que comprasen Talgo respondía a razones de "seguridad nacional".
Distinciones de trato
Sin embargo, la otra parte, Pegaso Transportation International --sociedad formada por el fondo inglés Trilantic, la familia Oriol (fundadores de Talgo) y la familia Abelló, que controlaban el 40% del capital del fabricante de trenes y estaban dispuestos a vender su parte a Ganz Mavag-- sí iba a poder acceder a la información.
"El derecho a la tutela judicial efectiva y el principio de igualdad de armas entre las partes se menoscabarían respecto de la parte codemandada de impedírsele el acceso a unos documentos del expediente administrativo en los mismos términos y condiciones que las otras partes procesales sin que existan razones que lo justifique", argumenta el Supremo respecto a esa diferencia en el acceso a la información.
Un litigio que viene de lejos
En cuanto a los detalles de la operación, la decisión del consorcio magiar de retirar la opa fue anunciada el 29 de agosto de 2024 tras conocerse el veto del Gobierno a la operación —anunciado por el Ministerio de Economía, tras la reunión del Consejo de Ministros—, por motivos de "seguridad nacional" y de "orden público".
En diciembre de 2025, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ordenó al Gobierno que entregase "todos los documentos que integran el expediente administrativo" que sirvió al Ejecutivo de Pedro Sánchez para vetar la oferta pública de adquisición (opa) lanzada por el consorcio húngaro Magyar Vagon (Ganz Mavag Europe Private Ltd) sobre Talgo en agosto de 2024, "incluidos los calificados como reservados".
Sin embargo, la resolución mantuvo la exclusión de los informes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), al tener la consideración de "secretos". "Esta Sala no tiene cumplida constancia de que existan en el expediente administrativo documentos elaborados por el CNI, pues únicamente tiene noticia de ellos a través de lo manifestado por la Abogacía del Estado. Pero, si en este caso existen efectivamente documentos con esa procedencia, podrán ser excluidos del expediente administrativo a cuya ampliación ha accedido esta Sala", especifica el auto.
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