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Pensiones de jubilación

Jubilado a los 61 años, y recibiendo un 28% menos de su pensión: esta es la historia de Alfredo

El jubilado señala que la penalización corresponde a ocho años completos, mientras que él se retiró solo cuatro años antes de su edad ordinaria de jubilación

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La penalización en su pensión le habría supuesto un 28% menos sobre su base reguladora

La penalización en su pensión le habría supuesto un 28% menos sobre su base reguladora / Iván Ferná - ARCHIVO

Alejandro Navarro

Alejandro Navarro

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A veces las personas deciden retirarse de la vida laboral de forma anticipada, ya sea por el desgaste de su actividad profesional o con la intención de disfrutar de más tiempo libre para ellos mismos, familia o amigo. Aunque siempre se pueden presentar resultados no tan deseados.

Un gran ejemplo de ello sería Alfredo Fernández Martín, de 87 años, que ha decidido exponer su caso personal. Alfredo explica que, al haberse jubilado anticipadamente a los 61 años, su pensión habría disminuido más de lo que esperaba, en concreto, un recibiendo un 28% menos de pensión contributiva.

Una jubilación antes de tiempo

Este hombre, que llevaba cotizando desde los 14 años, poseía una amplia trayectoria profesional hasta que un día se vio obligado a abandonar su puesto de trabajo. La causa de este retiro adelantado habría sido un expediente de regulación de empleo (ERE) en la empresa donde trabajaba.

De esta forma, y tras dos años intentando encontrar un empleo, tomaría la decisión de jubilarse a los 61 años. Esta decisión le supuso retirarse cuatro años antes de su edad ordinaria de jubilación, además de una penalización del 28% sobre su base reguladora.

Sus cálculos corresponden a más de 48 años cotizados

Además de injusta, el jubilado considera esta penalización desproporcionada, teniendo en cuenta la cantidad de años que habría cotizado. "Equivale a ocho años cuando adelanté solo cuatro", añade Alfredo, mostrando su descontento con esta normativa.

Según sus cálculos, si se consideran los 45 años, 3 meses y 18 días cotizados de su vida laboral, sumado a los dos años de desempleo y el periodo de servicio militar, el total cotizado ascendería hasta los 48 años y medio.

Desde su punto de vista, la Seguridad Social no diferencia adecuadamente las carreras laborales largas y los periodos de cotización más cortos. En este sentido, destaca que, pese a la gran cantidad de afiliados en la Seguridad Social en 2025, el cálculo de penalizaciones en prestaciones contributivas no es proporcional.