Subsidio por desempleo
Los beneficiarios de subsidios por desempleo no podrán recibir una indemnización por despido superior a la mínima
El exceso de ingresos no tributaría en la declaración del IRPF, aunque sí influye en la concesión del subsidio por desempleo
El SEPE confirma el cambio: podrás seguir cobrando parte del paro si encuentras trabajo

El exceso de ingresos no tributaría en la declaración del IRPF / Perales Iborra - ARCHIVO

Según establece el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores, en un despido objetivo el empleado tiene derecho a solicitar una indemnización mínima de 20 días de salario por año trabajado. El periodo máximo corresponderá a 12 mensualidades.
Por otro lado, si se cumplen unos requisitos mínimos de cotización, el contribuyente podrá recibir a la vez la prestación contributiva por desempleo. Además, aunque se agote el periodo de paro, existe la posibilidad de solicitar un subsidio asistencial por desempleo, en función del nivel de ingresos.
Algunas indemnizaciones no tributarían
Ahora bien, debemos evitar que esta indemnización por despido supere el límite fijado por el SEPE. Básicamente, el exceso de dinero se consideraría "ingreso mensual", por lo que podrían no concedernos el subsidio por desempleo.
Un punto positivo es que, según sentencias recientes, este dinero sobrante no tendría que tributar en la declaración de la renta. De hecho, las autoridades fiscales confirman que no hay obligación de declarar ciertas indemnizaciones, siempre y cuando no superen los umbrales de ingresos.
Aun así, a pesar de no tributar directamente, las indemnizaciones sí que se consideran ingresos a la hora de solicitar un subsidio por desempleo. Por todo ello, si queremos acceder a las dos ayudas, hay que estar atento a la cuantía recibida.
Lo más aconsejable sería poseer la indemnización mínima, ya que no se considera renta y tampoco se incluye como ingreso en el recuento total. El caso contrario sería el de indemnizaciones superiores como los ERE que, al exceder el límite fijado, podría costarnos el acceso al subsidio hasta que el nivel de renta sea adecuado.
Compatibilidad entre paro y subsidio por desempleo
Podemos mencionar el caso de los desempleados que cobran el paro, que no resultarían afectados. En concreto, la cuantía y duración del paro dependen de las cotizaciones anteriores, y no de la limitación de ingresos (como ocurre en los subsidios asistenciales).
Aunque si la persona agota el paro y solicita el subsidio por desempleo, debe tener en cuenta lo establecido por el Tribunal Supremo. En este caso, señala que el exceso de indemnización se prorratea, es decir, se divide en mensualidades por partes iguales.
De este modo, si al realizar el cálculo final superamos el límite del 75% del SMI, entonces no se concedería el subsidio. El factor clave en todo caso es permanecer atentos a los umbrales de renta que fija la Seguridad Social, para así evitar cualquier tipo de problema y poder recibir las prestaciones solicitadas.
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