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Accidentes de tren

El Gobierno aprueba un paquete urgente de ayudas para las víctimas de Adamuz y Gelida

El decreto publicado este miércoles en el BOE fija una ayuda directa de 72.121,46 euros por cada persona fallecida como primer anticipo y llegará a los 216.000 euros

El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, este martes durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el Palacio de la Moncloa.

El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, este martes durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el Palacio de la Moncloa. / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

Pablo Gallén

Pablo Gallén

Madrid
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El Gobierno ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un paquete de medidas urgentes para atender a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba), del 18 de enero, y Gelida (Barcelona), del 20 de enero, con el objetivo de activar ayudas económicas de forma ágil y complementaria a las indemnizaciones ya previstas en la normativa europea y nacional. El decreto fija una ayuda directa de 72.121,46 euros por cada persona fallecida como primer anticipo, aunque alcanzará los 216.000 euros a través de otros dos pagos. En el caso de lesiones corporales, estas primeras ayudas establecen importes según 14 categorías del baremo del Seguro Obligatorio de Viajeros, con cuantías que van desde 84.141,7 euros hasta los 2.404,04 euros.

En total, de las cantidades previstas por el Ejecutivo de 20 millones de euros, 10 millones forman parte de ayudas y otros 10 millones son correspondientes a anticipos. En el caso de un fallecido, según explicó este martes el ministro de Transporte y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de los 216.000 euros como máximo que recibirán sus familiares, 72.000 euros corresponderán a una indemnización a fondo perdido, otros 72.000 euros como anticipo del seguro de responsabilidad civil y 72.000 euros más como consecuencia del seguro obligatorio.

La norma llega cuando aún se analizan las causas del siniestro de Adamuz —el más grave de los dos— y tras un balance conjunto de 210 víctimas: 45 fallecidos y 123 heridos en el accidente de Córdoba, y un fallecido y 41 heridos en el de la red de Rodalies en Catalunya.

Sin IRPF y compatibles con seguros e indemnizaciones

Serán beneficiarias las víctimas directas (viajeros, maquinistas, personal en formación o de a bordo) y, en caso de fallecimiento, también familiares como cónyuge o pareja de hecho, hijos, padres y, en su defecto, otros ascendientes o hermanos, siguiendo el orden previsto. Para el cobro se requerirá, entre otros documentos, certificado de defunción o informes médicos según el caso.

Las ayudas tendrán carácter no reembolsable y estarán exentas de tributación en el IRPF. Además, el decreto establece que no se aplicará la Ley General de Subvenciones (salvo previsiones concretas como el registro en la base nacional) y que estas ayudas serán compatibles con otras ayudas, con las indemnizaciones del marco europeo y nacional, y con los seguros suscritos por las víctimas.

Ventanilla electrónica y plazos

La gestión dependerá de Transportes: una resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible fijará el procedimiento y abrirá el plazo de solicitud. Las peticiones deberán presentarse en tres meses desde la publicación de esa resolución, con posibilidad de ampliación justificada, y se prevé un trámite de subsanación de hasta diez días hábiles si faltan documentos.

El procedimiento se publicará en la Sede Electrónica del Ministerio, se contemplan resoluciones parciales para acelerar pagos, y el plazo máximo para notificar la concesión será de seis meses desde el día siguiente al cierre del periodo de solicitudes. El abono se realizará en un único pago y sin exigir garantías a los beneficiarios.

Junto a la ayuda por daños, el real decreto-ley abre la puerta a solicitar una ayuda adicional como anticipo de futuras indemnizaciones por responsabilidad civil, por un importe equivalente al que corresponda por fallecimiento o por la categoría de lesión. En ese caso, el Estado se subrogará en los derechos de crédito hasta el límite pagado; si la indemnización final fuera menor, no habrá que devolver la diferencia, y si fuera mayor, el afectado cobrará el exceso.

Oficinas de atención y protección laboral

El texto prevé la creación de Oficinas de Atención Integral en Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en comunidades con afectados, con especial atención en la provincia de Huelva, para facilitar trámites y prestaciones. También incluye una medida laboral: los trabajadores que no puedan acudir a su puesto o lleguen tarde por las alteraciones derivadas de los accidentes no podrán ser sancionados, y las compañías ferroviarias deberán expedir justificantes de incidencias.

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