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Deducción del IRPF

Hacienda sanciona a un autónomo por deducir el alquiler y suministros de vivienda en sus gastos: la Justicia da la razón al trabajador y anula la multa

Los magistrados señalan una investigación ineficaz por parte de Hacienda, sin tener en cuenta las circunstancias del trabajador

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La Justicia reprocha una investigación ineficaz al autónomo por parte de Hacienda

La Justicia reprocha una investigación ineficaz al autónomo por parte de Hacienda / MARTA FERNÁNDEZ - ARCHIVO

Alejandro Navarro

Alejandro Navarro

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado el recurso de un trabajador contra Hacienda. En este caso, la administración fiscal obligó al empleado a pagar la tasa completa del IRPF, sin tener en cuenta la deducción de los gastos del alquiler y suministros de vivienda habitual.

El trabajador autónomo, que ejercía su actividad laboral como abogado desde casa, declaró como gastos deducibles del IRPF el 15% del alquiler, seguro y suministros de la vivienda. La razón de ello fue que el domicilio se encontraba afectado por su actividad laboral.

Sin embargo, la Agencia Tributaria estimó que su solicitud no era válida, ya que no se había probado la existencia de un contrato de arrendamiento ni el uso profesional de esta vivienda. Además, se le impondría una sanción de 831 euros, alegando una conducta negligente del trabajador.

Una declaración del inmueble con los mismos criterios

La respuesta del trabajador sería inmediata, señalando una práctica injusta de las autoridades fiscales. Según confirma, este ya había declarado anteriormente el inmueble con los mismos criterios. Frente a los esfuerzos del trabajador, los magistrados terminarían dándole la razón, probando la afectación de su vivienda habitual a la actividad profesional.

Según lo establecido en el artículo 30.2.5º b) de la Ley del IRPF, en este caso se debía aplicar la deducción del 30% sobre el porcentaje de vivienda que se destine a uso profesional, correspondiente a un 15% en el caso del trabajador.

No se llevó a cabo una investigación adecuada

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma que no se puede exigir un uso exclusivo de los suministros para la actividad laboral. Por otro lado, comenta que Hacienda no llevó a cabo una investigación exhaustiva, limitándose a señalar unos gastos no justificados por el trabajador, cuando debía analizar causas como la intención o conducta de este.

En vista de la falta de pruebas contra el trabajador, el tribunal anularía la liquidación emitida por Hacienda. Además, el autónomo no tendrá abonar la multa de 831 euros que se le impuso anteriormente.