Gastos en comunidades de vecinos
Confirmado por el Tribunal Supremo: los propietarios que no usen los elementos comunes del garaje no tendrán que pagar sus gastos de mantenimiento
Si no existe un uso real de sus elementos comunes, los propietarios podrán ahorrarse los gastos que supone el mantenimiento del garaje
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Algunos propietarios podrán ahorrarse los gastos de garaje, siempre y cuando no exista un uso real de sus elementos comunes / LEVANTE-EMV - ARCHIVO

El Tribunal Supremo ha confirmado que los propietarios de trasteros sin plaza de garaje no tendrán que asumir los gastos de mantenimiento de dicho garaje. La condición para ello sería no hacer uso de elementos comunes, como la rampa de acceso, o el portón principal para el acceso de vehículos.
La sentencia 5329/2025 habría puesto sobre la mesa la cuestión del reparto de gastos en las comunidades de vecinos con garajes y trasteros independientes. Todo ello se generaría tras desacuerdos entre los vecinos de una comunidad, donde se cuestionaba si los dueños de trasteros debían contribuir o no a los gastos del garaje, teniendo en cuenta que formaban parte de la comunidad.
El uso 'real' de los elementos comunes
En un primer momento, el juzgado daría la razón a los vecinos que exigían un pago común de los trasteros. Sin embargo, un tiempo después, la Audiencia Provincial de A Coruña se pronunciaría al respecto, anulando la medida y restableciendo el reparto de pagos en la comunidad de vecinos.
El Tribunal Supremo ha aclarado las dudas acerca de esta disputa vecinal. La clave en este asunto sería la presencia de accesos independientes a los trasteros, provocando que los vecinos sin coche no tuvieran que acceder en ningún momento a las instalaciones del garaje.
Básicamente, al no existir un uso real de los elementos comunes que conforman el garaje, no se podrían reclamar los gastos a estos vecinos. Los únicos que deberán asumir estos gastos son los propietarios de plazas de aparcamiento.
Diferenciación entre cuota de garaje y gastos generales
El Ministerio de Vivienda considera la posibilidad de que se apliquen excepciones en el reparto de general de gastos, mediante lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal. En el artículo 9.1e se explica que los propietarios podrán contribuir "con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido".
Como en los estatutos de la comunidad se establecía una diferencia clara entre los gastos del garaje y el resto de gastos generales, la sentencia del Supremo sería firme al respecto. En este sentido, al no existir ninguna modificación del sistema de reparto, los vecinos sin plaza de garaje no estarían obligados a pagar una cuota extra por ellas.
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