Estatuto de los Trabajadores
La Generalitat contradice a Pimec y asegura que las ausencias laborales por culpa de Rodalies sí son retribuibles
La Conselleria de Treball reitera su recomendación de hacer teletrabajo hasta el viernes o pedir un permiso si no es posible en el siguiente enlace
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Largas colas en la estación de buses de Fabra i Puig el segundo día de parón de Rodalies.

La directora general de Relacions Laborals de la Generalitat, Núria Gilgado, ha asegurado este jueves que las ausencias laborales que se produzcan por no poder acudir hasta el lugar de trabajo por la paralización de Rodalies son retribuibles y no recuperables. De esta forma, Gilgado contradice a patronales como Pimec, cuyo secretario general, Josep Ginesta, había afirmado a primera hora de la mañana que los permisos que los trabajadores hayan pedido al no poder llegar a su puesto de trabajo no debían ser retribuidos, "porque no había ninguna restricción general de desplazamientos". El sindicato UGT había afirmado lo contrario.
La directora general de la Generalitat ha insistido en que "si una persona tiene la imposibilidad de acceder a su lugar de trabajo, el artículo 37.3 G del Estatuto de los Trabajadores permite que se acojan al permiso retribuible y no recuperable de hasta cuatro días". Ha subrayado que, en todo caso, los afectados deberán justificar debidamente esta imposibilidad y ha recordado que Renfe y Rodalies ya están dando justificantes para que los trabajadores puedan acogerse a los permisos.
Gilgado ha insistido en que la recomendación del Govern es reducir la movilidad ante "una situación excepcional" y acogerse al teletrabajo, pero si esta modalidad de trabajo no existe y hay una "imposibilidad" de acceder al puesto, los trabajadores tienen que pedir el justificante y así poder acogerse al permiso retribuible. "Si la empresa dice lo contrario, insistimos en que opera el artículo 37.3 G del Estatuto de los Trabajadores", ha reiterado la responsable de Relacions Laborals.
El artículo lleva tiempo siendo objeto de controversia. El Estatuto de los Trabajadores contempla que retrasos no imputables al trabajador puedan no ser penalizados, pero este debe recuperar luego las horas. No obstante, si la incidencia es tan grave que impide la asistencia al puesto de trabajo, los sindicatos interpretan que los empleados pueden invocar el artículo 37.3 y valerse de un permiso retribuible por fuerza mayor de hasta cuatro días. Es decir, no deben recuperar luego las horas y la empresa debe abonárselas.
Teletrabajo recomendado hasta el viernes
El Govern ha incluido en su información de servicio publicada en redes sociales la recomendación de hacer teletrabajo hasta el viernes o pedir un permiso si no es posible, con el enlace gen.cat/justificantrodalies para los trabajadores que necesiten justificar su ausencia. Este mismo permiso es el que se utilizó durante la catástrofe de la dana en Valencia de 2024, según fuentes de la Conselleria de Treball.
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