Alerta fiscal
José Ramón López, asesor fiscal, alerta a los inquilinos: revisa tu Renta porque Hacienda podría devolverte dinero
El experto apunta que existe la posibilidad de haber pagado más dinero del debido a la Agencia Tributaria y que se puede reclamar dentro de unos plazos
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El asesor fiscal José Ramón López, sobre recuperar dinero si viviste de alquiler. / SPORT

La declaración de la Renta es un trámite que todavía queda muy lejos de suponer un dolor de cabeza para los contribuyentes españoles. Sin embargo, con la llegada del 2026 algunos perfiles especializados en economía personal advierten de que Hacienda también puede equivocarse con el cálculo de los años anteriores entre los inquilinos de alquiler y se haya 'olvidado' de algunas deducciones.
Así lo apunta el asesor económico José Ramón López, que cuenta con un perfil en las redes sociales desde donde lanza recomendaciones y advertencias en su campo para la gente 'normal', no especializada en este tipo de temas.
La deducción por alquiler que muchos contribuyentes pasan por alto
"Como hayas vivido en algún momento de alquiler desde 2021, es posible que Hacienda te deba mucho dinero", apunta en TikTok ante la posibilidad de que Hacienda no aplicara una deducción durante las declaraciones de la Renta pasadas.
Además, no se trata de ningún truco para acumular visitas y 'likes', ya que comenta que es algo que le ocurrió a uno de sus clientes: "300 euros por tres años (2020, 2021 y 2022), 900 euros en total, que conseguimos que la Agencia Tributaria le pague a un cliente por estar de alquiler", comenta a sus seguidores acerca de una resta que no se aplicó en las declaraciones.
"Cuidado que hay mucha gente que no se aplica esta deducción del alquiler, que en Catalunya son 300 euros, pero que en Madrid llega a ser más de 1.000 euros", continúa, dejando claro que el monto varía en función de la Comunidad Autónoma en cuestión donde aplique.

Pisos en alquiler en Barcelona. / Jordi Cotrina
No obstante, también indica que existen ciertas limitaciones a la hora de pedir ese dinero al fisco. En primer lugar, hay que entender que existen dos tipos de deducciones en relación con el alquiler, la estatal y la autonómica, aunque algunos contribuyentes las confunden.
Entre los que no aplican la deducción mencionada, el especialista advierte que las confunden: "Creen que el contrato del alquiler debe ser anterior al 2015, lo cual no es para nada así", comenta, algo que solamente está presente en el caso de las que referencian a la versión estatal.
En los otros casos, "cada comunidad autónoma pone sus propias reglas pero, en ninguna, el contrato debe ser anterior a 2015". Además, también existen limitaciones relacionadas con otros aspectos que hay que tener en cuenta: "Hay requisitos de edad, de límites de ingresos, pero nunca de que el contrato sea anterior a equis fecha", apunta.
Una de las más importantes es la fecha de prescripción: "Las del 2021 prescriben pronto. Por tanto, si no se puede reclamar, lo pierdes", por lo que recomienda echar un ojo a las declaraciones de esos años para saber si se tiene o no la capacidad de recuperar algo de dinero que nunca se debería de haber desembolsado.
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