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Impulso laboral

Importantes novedades en las prestaciones del SEPE: el CAE se pagará sin pedirlo y gastará días de paro

El Complemento de Apoyo al Empleo busca facilitar la reincorporación al mercado laboral

Nuevo aviso del Sepe: así afectará el cobro automático del paro si empiezas a trabajar

Un hombre frente a una oficina del SEPE.

Un hombre frente a una oficina del SEPE. / Perales Iborra

Patricia Páramo

Patricia Páramo

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El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) se ha convertido desde el 1 de enero de 2026 en una de las principales novedades del sistema de prestaciones por desempleo en España. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha cambiado de forma sustancial la manera en la que se aplica esta ayuda, que ahora se reconoce y se paga automáticamente, sin necesidad de que la persona beneficiaria tenga que solicitarla. El objetivo de esta medida es claro: facilitar la reincorporación al mercado laboral de quienes cobran la prestación contributiva, evitando que la aceptación de un empleo suponga una pérdida brusca de ingresos en los primeros meses de trabajo.

Cómo funciona el CAE

La principal característica del CAE es su activación de oficio. Esto significa que, cuando una persona que está cobrando el paro contributivo firma un contrato de trabajo por cuenta ajena, el SEPE empieza a abonarle directamente este complemento junto a su salario. El trabajador no tiene que realizar ningún trámite previo para recibirlo. El CAE se suma al sueldo mensual durante un periodo limitado.

Requisitios para cobrar el CAE

No obstante, este complemento no es universal ni automático para todos los desempleados. Para poder beneficiarse del CAE es imprescindible cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, la prestación contributiva debe haberse aprobado a partir del 1 de abril de 2025 y tener una duración mínima de 14 meses. Además, el beneficiario debe haber cobrado ya al menos nueve meses de paro en el momento en que inicia el nuevo trabajo. Solo quienes se encuentren en ese tramo de la prestación y accedan a un empleo por cuenta ajena podrán ver activado este complemento, quedando excluidas las prestaciones aprobadas con anterioridad a esa fecha.

El CAE no es una ayuda indefinida. Su duración máxima es de 180 días, es decir, hasta seis meses, dependiendo del momento de la prestación en el que se encuentre la persona cuando consigue el empleo. Un aspecto clave que conviene tener en cuenta es que cada día cobrado de CAE consume un día de prestación contributiva. No se trata de una ayuda adicional independiente, sino de una forma distinta de percibir el paro mientras se trabaja. Por tanto, aceptar el complemento implica reducir el número de días de prestación que quedarán disponibles en caso de volver al desempleo.

La cuantía del CAE varía según dos factores: el mes de la prestación en el que se inicia el trabajo y la jornada laboral del contrato. Por ejemplo, quienes encuentren empleo en el mes 10, 11 o 12 de prestación pueden percibir hasta 480 euros mensuales si trabajan a jornada completa, con importes menores para jornadas parciales. En los tramos más avanzados de la prestación, entre los meses 16 y 24, las cantidades se reducen progresivamente, oscilando entre 360 y 90 euros mensuales, según la jornada. En la mayoría de los casos, el complemento puede cobrarse durante varios meses consecutivos, hasta el límite de seis meses establecido.

Cómo renunciar al CAE

A pesar de que el CAE se abona de forma automática, el sistema permite renunciar a su cobro. Esto es especialmente relevante para quienes prefieren conservar los días de paro restantes para una posible situación futura de desempleo. Si una persona no desea recibir el complemento, deberá solicitar expresamente su suspensión, ya que, de no hacerlo, el SEPE continuará abonándolo y descontando días de prestación. El organismo ha previsto un procedimiento específico para ello, que puede realizarse tanto por vía electrónica como de forma presencial en una oficina del SEPE con cita previa.

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