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Hacienda

El Gobierno recula y los parados no tendrán que presentar declaración de la renta

El Boletín Oficial del Estado publica la supresión de esta nueva obligación, que iba a entrar en vigor en 2026

Personas en paro hacen cola frente a una oficina del SEPE en Barcelona para ser atendidos.

Personas en paro hacen cola frente a una oficina del SEPE en Barcelona para ser atendidos. / Jordi Cotrina

Gabriel Ubieto

Gabriel Ubieto

Barcelona
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Las personas en paro no estarán obligadas a presentar declaración de la renta. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles la supresión de esta nueva obligación que iba a entrar en vigor por primera vez en la campaña de la renta de 2026. El Gobierno ha decidido dar marcha atrás y renunciar a exigir este trámite a aquellas personas que durante todo un ejercicio no hayan obtenido otros ingresos que aquellos derivados de las prestaciones por desempleo.

En España hay actualmente alrededor de 2,5 millones de personas en paro y siete de cada 10 perciben algún tipo de prestación o subsidio. Y las novedades que inicialmente preveía implantar Hacienda preocupaban entre el colectivo, ya que no presentar la declaración de la renta podía ser motivo de retirada del subsidio o la prestación por parte del Sepe.

El real decreto ómnibus que aprobó el Ejecutivo en su último Consejo de Ministros incluye una amplia batería de medidas, desde la subida de las pensiones, hasta la prórroga temporal del salario mínimo, pasando por un compromiso que tenía pendiente desde hace meses: la supresión de la obligatoriedad de presentar declaración de la renta para los desempleados que no hayan tenido otros ingresos que los del SEPE.

Aquellas personas que hayan estado unos meses cobrando el paro, pero luego hayan encontrado trabajo y percibido un sueldo, sí deberán hacer la declaración, siempre que cumplan con el resto de requisitos.

Novedad frenada

Todo se remonta a una serie de cambios que introdujo Hacienda hace un par de ejercicios, con la voluntad de incrementar la información que tenía del ciudadano. Dichos cambios pasaban por exigir a los desempleados que también declararan sus ingresos, pese a que estos ya provenían del Estado y el mismo tenía, por otras vías, constancia de los mismos.

Además, de que la mayoría de ingresos derivados de las prestaciones están por debajo de los mínimos exentos para tener que hacer la declaración. Es decir, la previsión era que la mayoría de los perceptores hubieran tenido que declarar, pero no pagar.

Evolución del paro

Gráfico que muestra la evolución del paro en España a lo largo del tiempo.

La idea inicial era que la obligatoriedad de la declaración entrara en vigor en 2025, pero se acabó posponiendo un año ante el disenso en el Gobierno -el Ministerio de Trabajo no lo veía con buenos ojos y Hacienda sí-. Y ahora, el Ejecutivo ha decidido que desterrar definitivamente esta vía.

"Resulta así necesaria la supresión de esta obligación de presentar declaración por IRPF a los beneficiarios de la prestación por desempleo, pues su alcance actual no supone solo una obligación formal. Ello excede la intención de la norma, que inicialmente fue la de dotar de una fuente adicional de información a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo", recoge el BOE.

El Gobierno justifica su decisión debido a dos motivos. Por un lado, los desempleados, cuando se les reconoce la prestación, ya firman una declaración responsable conforme cumplirán los derechos y obligaciones aparejados con la misma. Por el otro, "el refuerzo de la interoperabilidad con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria", lo que "han permitido prescindir de esta obligación legal de presentar la declaración correspondiente".

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