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AVISO A PENSIONISTAS

La Seguridad Social podría suspender tu jubilación o invalidez en 2026 si no cumples con este requisito

El Imserso exige la presentación de este documento durante el primer trimestre para confirmar el derecho a las pensiones no contributivas y evitar la interrupción del pago

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Muchos pensionistas deberán estar atentos y presentar este documento para no perder su pensión de jubilación o invalidez.

Muchos pensionistas deberán estar atentos y presentar este documento para no perder su pensión de jubilación o invalidez. / 'ACTIVOS'

Marcos Rodríguez

Marcos Rodríguez

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Las personas perceptoras de una pensión no contributiva (PNC) de jubilación o invalidez en España deben prestar especial atención a un trámite anual que, de no realizarse, puede tener consecuencias directas y muy serias sobre el cobro de su prestación.

Se trata de la declaración anual de ingresos, un documento crucial para que el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), que gestiona estas pensiones en coordinación con las Comunidades Autónomas, pueda verificar que el beneficiario sigue cumpliendo el requisito fundamental de carencia de rentas.

Aunque esto se centre en el año 2026, la obligación es de carácter anual. De cara al próximo año, los beneficiarios deberán presentar la declaración correspondiente al ejercicio anterior y una previsión para el año en curso.

La fecha límite para evitar la suspensión del pago suele fijarse antes del 1 de abril de cada año. Por tanto, para mantener la pensión en 2026, la presentación deberá efectuarse durante el primer trimestre de ese año.

¿Por qué es obligatoria la declaración de ingresos?

Las pensiones no contributivas, con subidas previstas de un 5% en 2026, son prestaciones económicas destinadas a aquellos ciudadanos que no han cotizado nunca o no lo han hecho el tiempo suficiente para acceder a una pensión contributiva, y que carecen de recursos económicos suficientes para su subsistencia.

En 2025, el límite de ingresos personal se sitúa en los 7.905,80 euros anuales, aunque esta cifra varía si el pensionista convive con familiares.

Esta declaración es el mecanismo que tiene la Administración para comprobar si el pensionista, o su unidad económica de convivencia, mantiene los límites de renta exigidos por la ley. En el formulario se deben consignar los ingresos y rendimientos brutos anuales de trabajo, prestaciones, capital y otros, tanto del año anterior como una previsión del año en curso.

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Imagen de archivo de una pensionista empujando a otro con incapacidad que está en su silla. / Ferran Nadeu - Archivo

La normativa es clara al respecto: el Imserso establece que, si la declaración no se presenta en el plazo indicado, se procederá a la suspensión del pago de la pensión hasta que el beneficiario cumpla con este deber.

Una vez presentada y si se confirma que se siguen cumpliendo los requisitos, el pago se reanudaría, pero la interrupción genera una situación de incertidumbre y riesgo económico que es totalmente evitable.

Documentación y plazos

El trámite puede realizarse presencialmente ante los organismos autonómicos competentes o de forma telemática, dependiendo de cada Comunidad Autónoma. Es importante recordar que la responsabilidad de la presentación recae directamente en el pensionista.

Además de esta declaración anual, los beneficiarios están obligados a comunicar a la Administración, en un plazo de 30 días, cualquier variación en su composición familiar, estado civil, residencia o circunstancias económicas que puedan afectar al cobro de la pensión.

La clave para evitar sobresaltos en 2026 es tener presente esta obligación periódica y asegurarse de que la declaración esté en manos de la Administración antes del 1 de abril.

La falta de presentación no solo es un incumplimiento burocrático, sino la causa directa de una suspensión temporal que puede comprometer la estabilidad económica de los pensionistas más vulnerables.