Derechos laborales
El Tribunal Supremo lo aclara: una empresa no puede obligar a sus empleados a trabajar los fines de semana
Aunque en el contrato la jornada laboral figure de lunes a domingo, no se podrán sobrepasar las 40 horas semanales
Casi 7 de cada 10 trabajadores en España se sienten mal pagados y el 80% reclama mayor transparencia salarial en sus empresas

No se podrán sobrepasar las 40 horas semanales, aunque la jornada laboral sea de lunes a domingo / ARCHIVO - Europa Press

La actual legislación española considera algo ordinario que, en algunos casos, una jornada laboral se desarrolle de lunes a domingo, según lo estipulado en el propio contrato de trabajo. En este sentido, los principales afectados serían los comercios que abren en fin de semana o los servicios básicos, indispensables para todos los días del año, ya sea el sector sanitario, transportes, cuerpos de seguridad, entre otros.
Sin embargo, siempre surgen empresas que deciden llevar a cabo prácticas fraudulentas, aprovechando errores de comprensión del contrato laboral, o presentando un exceso de confianza con el empleado para hacerle trabajar fuera de su horario laboral. Es por ello que, si a una jornada laboral de 40 horas semanales, repartidas entre el lunes y el viernes, le añades más horas de trabajo durante el fin de semana, se estaría actuando fuera de la legalidad vigente.
Puede que algunos altos cargos intenten justificarse alegando que la jornada laboral del trabajador es de lunes a domingo, y quieran evadir las consecuencias legales. Para casos de este estilo, el Estatuto de los Trabajadores funciona como vía de escape para los empleados afectados.
Las prácticas deshonestas de las empresas
Un reciente ejemplo de ello lo encontramos en una sentencia del Tribunal Supremo, organismo que habría anulado la obligación de trabajar en sábado y domingo impuesta por una empresa. La causa principal de esta decisión habría sido una alteración sustancial de la jornada laboral de los empleados.
Este caso habría afectado a 42 trabajadores de una compañía que, mediante el sindicato CGT, denunciaron una situación de abuso laboral. El problema principal sería que su empresa les habría exigido trabajar en sábados y domingos, respaldándose en una cláusula del contrato donde se contemplaba la posibilidad de trabajar de lunes a domingo, siempre y cuando tuvieran dos días libres a la semana, ya sean en fin de semana o no.
El Tribunal Supremo se posiciona al respecto
Tras esto, los empleados tomarían la decisión de recurrir al Tribunal Supremo, denunciando que su empresa estaba infringiendo el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, ya que no se había llegado a un acuerdo previo entre ambas partes acerca de esta modificación de la jornada.
Tal y como señala el artículo acerca de las modificaciones en el contrato de trabajo, “la decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo deberá ir precedida de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores, que versará sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos”.
En vista de la legislación y declaraciones dadas por los empleados, el Tribunal Supremo decidiría anular la modificación para trabajar sábados y domingos. El organismo judicial concluyó que esta era una decisión demasiado relevante como para que no se hubiese pactado previamente entre la empresa y los empleados.
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