Herencias
Qué hacer si un heredero ocupa la vivienda tras el fallecimiento del dueño
El bufete Vilches Abogados nos explica qué hacer cuando un heredero se niega a desocupar la vivienda
Adiós al impuesto de sucesiones: los herederos podrían no tener que pagarlo si se cumple este único requisito

El bufete Vilches Abogados nos explica qué hacer cuando un heredero se niega a desocupar la vivienda / ARCHIVO

A menudo ocurre que, tras el reparto de una herencia, surgen desacuerdos entre los herederos acerca de a quién le correspondería cada bien o inmueble. A su vez, cada uno siempre intentará obtener la mayor proporción posible frente al resto de herederos.
Es por ello que el bufete Vilches Abogados Madrid se ha encargado de aclarar algunas dudas en lo referente a la ocupación ilegal del inmueble. En este caso, se referirán a la ocupación por parte de uno de los herederos, en la que este último se niega a abandonar la vivienda.
Situaciones de este estilo suelen forzar los procedimientos judiciales por parte de los afectados, siendo en este caso el resto de herederos. La causa de ello es simple: al no poder acceder a la vivienda, tampoco pueden repartirla ni proceder a su venta, por tanto, la única opción posible será la vía legal.
Qué podemos hacer en estas situaciones
Frente a una situación de este calibre, el abogado nos señala dos alternativas a las que podemos recurrir para solucionar el problema de manera efectiva, todo ello mediante términos legales. Para recurrir a la primera opción debemos ser mayoría entre el total de los herederos, es decir, nuestro porcentaje de la adjudicación dentro de la herencia supera el 50%.
Tras cumplir con este requisito, podremos iniciar un procedimiento de desahucio por precario, entendiéndose por precario a la ocupación sin título de inmueble. Tras esto, se establecería una fecha de desahucio, de mismo modo que en otros procedimientos legales.
La segunda opción sería llevar a cabo un procedimiento de división de herencia judicial, modificando la situación de comodidad del heredero a una de incomodidad. Para ello, habría que incluir dentro del inventario de la herencia el concepto de las rentas de mercado.
Estas rentas las pagaría de forma mensual el ocupante de la vivienda al resto de herederos, ya que estaría residiendo en el inmueble sin título y sin la autorización de los copropietarios. Todo ello es posible, puesto que la ley considera que, al fallecer la persona que autorizaba al heredero a vivir en el inmueble, si el resto de herederos no autoriza dicha estancia, es obligatoria la salida del ocupante.
Sin duda, las disputas por herencias se han convertido en todo un clásico cuando ocurre el fallecimiento de un familiar. Asimismo, el desconocimiento de la legislación sobre sucesiones tampoco ayuda a las personas a la hora de gestionar estos bienes. Por ello, uno siempre debe estar al tanto de las modificaciones de las leyes, y a la vez dispuesto a llegar a un acuerdo cuando se inicia todo el proceso de reparto de la herencia.
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